FAQ - Experiencias Registro de Celulares

Saludos, leyendo a todos esa mano de inquietudes que a todos nos saltan y que vemos como injusto, cuando uno ha sido legal, Si yo compre un celular el año pasado, normal , sin estar reportado ni nada, libre, pero yo ni idea de quien es el dueño, pero es equipo comprado en esa epoca en comcel y como en esa epoca no exigian nada y pasaban los celulares de dueño en dueño ya que no existia ningun requisito, solo verificarlo que no estuviese con banda negativa, ahora quiero reportarlo a mi nombre en claro, pero ya aparece registrado con ese dueño, que debo hacer para colocarlo a mi nombre si no tengo idea de quien es. (legal ante todo). Esto lo digo porque yo creo que muchos tienen ese inconveniente y les aparecen imei registrados a su nombre en la lista de claro y muchos de esos imeis ni saben ustedes de que celular es (que alguna vez vendió), y la persona que lo tenga y lo quiera registrar no puede. Es justo eso?. Porque no registrar los celulares activos viejitos en banda positiva a nombre de uno y a partir de alguna fecha si comenzar con los requisitos de factura sobre los celulares nuevos adquiridos?. Y lo que tanto resaltan acá, cuales son los requisitos exactos que debe de tener una factura para registrar un celular. Despues de que ya toque con factura minimo exigiran que traiga la firma del presidente del pais que lo compro y las huellas digitales de los pies de la bisabuela de uno. Porque no son claros en ese asunto????
 
A mi me saltó otra duda

En el FAQ de MinTIC dice "Cuando un equipo está registrado, y éste sea vendido o regalado, el propietario deberá realizar el traspaso diligenciado el documento que se encuentra en la página Web de la CRC en el link información para vendedores de equipos terminales móviles."

Suponiendo que lo voy a regalar voy a la página web de la CRC a la sección que me indican y aparece un PDF para descargar pero a cada rato hablan de una persona autorizada para la venta de equipos y pues uno como una persona común y corriente que no vive de los celulares ni tiene negocio de eso que hace al fin de cuentas para legalizar ese traspaso de dueño?

No veo claridad al respecto :S
 
Oe, yo también tengo entendido lo mismo que ud pero voy a buscar el PDF para ver qué información se requiere, lo malo también es para negocios por internet, uno debe entonces entregarle al comprador el certificado de homologaciòn, la carta de traspaso ya firmada y en teoría la otra persona puede hacer la vuelta para pasarlo a su nombre, pero también queda en el aire si tienen que ir las dos personas

Por otro lado, les cuento que me respondieron de la CRC sobre el PQR que había enviado cuando abrí el foro y esta fue la respuesta
La Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC) acusa recibo de su suministro de información radicada internamente bajo el número 201282659, mediante la cual manifiesta que presenta inconvenientes e inconformiadad con al momento de registrar los Equipos Terminales Móviles -ETM- y con la regulación expedida al respecto.

En cuanto al tema objeto de su consulta, atentamente le informo que, con base en el Decreto 1630 de 2011 y mediante la Resolución CRC 3128 de 2011 y 3947 de 2012, esta Entidad expidió la regulación orientada a definir los aspectos operativos y las reglas para la implementación, cargue y actualización de las bases de datos positiva y negativa, que incluyen el procedimiento del registro del IMEI.

De acuerdo con ésta Resolución y en cuanto a su consulta en particular; el operador está en la obligación de registrar el IMEI o IMEIS que el usuario utilice bajo la modalidad pospago. En la modalidad prepago el usuario registra el IMEIo IMEI´S que este utilice. Para el proceso de registro en la lista positiva, el proveedor de redes y servicios asociará los datos (nombres, apellidos, identificación y datos de contacto) del propietario o usuario autorizado de la última SIM que ha utilizado el equipo terminal móvil. Si la SIM que utiliza el equipo corresponde a un plan prepago, ésta información deberá ser validada por el propietario a través de los medios que el proveedor disponga para ello (oficina física, oficina virtual o línea de atención telefónica); particularmente, cada proveedor ha puesto en su sitio web y a disposición de sus usuarios un link identificado como "REGISTRE AQUÍ SU EQUIPO" en el que puede validar la información que le ha sido asociada. Si el equipo está asociado con una SIM en modalidad de pospago, la confirmación de los datos será hecha por el mismo proveedor de telefonía móvil.

Respecto a los celulares adquiridos en sitios diferentes al operador celular, es importante recordar que los usuarios deben adquirir los equipos en sitios autorizados por el Ministerio de Tic (Resolución CRC 3530 de 2012), el cual el vendedor debera entregar la factura o comprobante de pago (regimén simplificado), certificado de homologación del equipo (incluyendo el IMEI) y la garantía correspondiente; con estos documentos el ETM (equipo terminal móvil) puede ser registrado.

Por otro lado cuando un inmigrante trae un equipo del exterior, el usuario debe suministrar la factura de compra y si el equipo fue adquirido por internet en el exterior, igualmente debe suministrar la factura. Es importante verificar que el equipo que compre debe estar homologado por la CRC, consultando en la pagina web www.crcom.gov.co.

Posterior al registro del ETM, usted puede vender o ceder el equipo, diligenciando el Anexo No.2 de la Resolución CRC 3530 de 2012.

Finalmente la CRC considera pertinente recordar que las medidas contenidas en la recientemente expedida Resolución CRC 3947 de 2012, obedecen a un procedimiento adicional al que esta Comisión ya había contemplado en la Resolución 3128 de 2011., de esta forma, el plazo para que los usuarios huebieran procedido al registro de sus equipos venció el 1° de octubre del presente año, no obstante atendiendo a que los proveedores manifestaron que faltaba el registro de la mayoría de sus usuarios con ocasión a las diferentes circunstancia técnicas, operativas y administrativas que se presentaron, la CRC consideró oportuno tomar las medidas de registro escalonado con el fin de proteger a los usuarios que no se registraron ene l tiempo establecido por esta Comisión, de modo que, si bien es cierto que unos usuarios, según el último dígito del IMEI del ETM tendrán menos tiempo que otros para proceder al registro, deben tener en cuenta que se trata de una medida adicional y que plantea un orden en el deber de registro del ETM para que las páginas y mecanismo de registro tenga una buena disponibilidad para que los usuarios prepago lo hagan en los plazos establecidos.

En los anteriores términos damos respuesta a su consulta y quedamos atentos a cualquier aclaración adicional que requiera.

Finalmente, le solicitamos amablemente se sirvan diligenciar la encuesta haciendo click en el siguiente enlace: enlace encuesta satisfacción. La información es muy valiosa para la CRC ya que nos permite mejorar la calidad de nuestra atención.
Me parece que vale la pena resaltar esto "Por otro lado cuando un inmigrante trae un equipo del exterior, el usuario debe suministrar la factura de compra y si el equipo fue adquirido por internet en el exterior, igualmente debe suministrar la factura. Es importante verificar que el equipo que compre debe estar homologado por la CRC, consultando en la pagina web www.crcom.gov.co." que confirma lo que habíamos dicho en posts anteriores sobre equipos que trajeran extranjeros y sobre la importación de celulares poco comerciales que no estén homologados en el país (OpenMoko, Xiaomi Phone 2, el celular con tinta electrónica de la noticia de la portada, etc).

Lastimosamente con esta respuesta se acaba de confirmar la mayoría de los temores que tenemos y se evidencia que es necesario usar herramientas legales, no he tenido tiempo para ir a un consultorio jurídico (atienden en horario de oficina) pero sigo refinando la propuesta para presentarla porque definitivamente esta medida no busca otra cosa que frenar la adquisición de celulares por otros medios que no sean los operadores (que ni son nacionales, al menos se justificaría un poco si se protegiera la industria nacional)
 
  • Me gusta
Reacciones: 6 personas
Oe, yo también tengo entendido lo mismo que ud pero voy a buscar el PDF para ver qué información se requiere, lo malo también es para negocios por internet, uno debe entonces entregarle al comprador el certificado de homologaciòn, la carta de traspaso ya firmada y en teoría la otra persona puede hacer la vuelta para pasarlo a su nombre, pero también queda en el aire si tienen que ir las dos personas

Por otro lado, les cuento que me respondieron de la CRC sobre el PQR que había enviado cuando abrí el foro y esta fue la respuesta
La Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC) acusa recibo de su suministro de información radicada internamente bajo el número 201282659, mediante la cual manifiesta que presenta inconvenientes e inconformiadad con al momento de registrar los Equipos Terminales Móviles -ETM- y con la regulación expedida al respecto.

En cuanto al tema objeto de su consulta, atentamente le informo que, con base en el Decreto 1630 de 2011 y mediante la Resolución CRC 3128 de 2011 y 3947 de 2012, esta Entidad expidió la regulación orientada a definir los aspectos operativos y las reglas para la implementación, cargue y actualización de las bases de datos positiva y negativa, que incluyen el procedimiento del registro del IMEI.

De acuerdo con ésta Resolución y en cuanto a su consulta en particular; el operador está en la obligación de registrar el IMEI o IMEIS que el usuario utilice bajo la modalidad pospago. En la modalidad prepago el usuario registra el IMEIo IMEI´S que este utilice. Para el proceso de registro en la lista positiva, el proveedor de redes y servicios asociará los datos (nombres, apellidos, identificación y datos de contacto) del propietario o usuario autorizado de la última SIM que ha utilizado el equipo terminal móvil. Si la SIM que utiliza el equipo corresponde a un plan prepago, ésta información deberá ser validada por el propietario a través de los medios que el proveedor disponga para ello (oficina física, oficina virtual o línea de atención telefónica); particularmente, cada proveedor ha puesto en su sitio web y a disposición de sus usuarios un link identificado como "REGISTRE AQUÍ SU EQUIPO" en el que puede validar la información que le ha sido asociada. Si el equipo está asociado con una SIM en modalidad de pospago, la confirmación de los datos será hecha por el mismo proveedor de telefonía móvil.

Respecto a los celulares adquiridos en sitios diferentes al operador celular, es importante recordar que los usuarios deben adquirir los equipos en sitios autorizados por el Ministerio de Tic (Resolución CRC 3530 de 2012), el cual el vendedor debera entregar la factura o comprobante de pago (regimén simplificado), certificado de homologación del equipo (incluyendo el IMEI) y la garantía correspondiente; con estos documentos el ETM (equipo terminal móvil) puede ser registrado.

Por otro lado cuando un inmigrante trae un equipo del exterior, el usuario debe suministrar la factura de compra y si el equipo fue adquirido por internet en el exterior, igualmente debe suministrar la factura. Es importante verificar que el equipo que compre debe estar homologado por la CRC, consultando en la pagina web www.crcom.gov.co.

Posterior al registro del ETM, usted puede vender o ceder el equipo, diligenciando el Anexo No.2 de la Resolución CRC 3530 de 2012.

Finalmente la CRC considera pertinente recordar que las medidas contenidas en la recientemente expedida Resolución CRC 3947 de 2012, obedecen a un procedimiento adicional al que esta Comisión ya había contemplado en la Resolución 3128 de 2011., de esta forma, el plazo para que los usuarios huebieran procedido al registro de sus equipos venció el 1° de octubre del presente año, no obstante atendiendo a que los proveedores manifestaron que faltaba el registro de la mayoría de sus usuarios con ocasión a las diferentes circunstancia técnicas, operativas y administrativas que se presentaron, la CRC consideró oportuno tomar las medidas de registro escalonado con el fin de proteger a los usuarios que no se registraron ene l tiempo establecido por esta Comisión, de modo que, si bien es cierto que unos usuarios, según el último dígito del IMEI del ETM tendrán menos tiempo que otros para proceder al registro, deben tener en cuenta que se trata de una medida adicional y que plantea un orden en el deber de registro del ETM para que las páginas y mecanismo de registro tenga una buena disponibilidad para que los usuarios prepago lo hagan en los plazos establecidos.

En los anteriores términos damos respuesta a su consulta y quedamos atentos a cualquier aclaración adicional que requiera.

Finalmente, le solicitamos amablemente se sirvan diligenciar la encuesta haciendo click en el siguiente enlace: enlace encuesta satisfacción. La información es muy valiosa para la CRC ya que nos permite mejorar la calidad de nuestra atención.
Me parece que vale la pena resaltar esto "Por otro lado cuando un inmigrante trae un equipo del exterior, el usuario debe suministrar la factura de compra y si el equipo fue adquirido por internet en el exterior, igualmente debe suministrar la factura. Es importante verificar que el equipo que compre debe estar homologado por la CRC, consultando en la pagina web www.crcom.gov.co." que confirma lo que habíamos dicho en posts anteriores sobre equipos que trajeran extranjeros y sobre la importación de celulares poco comerciales que no estén homologados en el país (OpenMoko, Xiaomi Phone 2, el celular con tinta electrónica de la noticia de la portada, etc).

Lastimosamente con esta respuesta se acaba de confirmar la mayoría de los temores que tenemos y se evidencia que es necesario usar herramientas legales, no he tenido tiempo para ir a un consultorio jurídico (atienden en horario de oficina) pero sigo refinando la propuesta para presentarla porque definitivamente esta medida no busca otra cosa que frenar la adquisición de celulares por otros medios que no sean los operadores (que ni son nacionales, al menos se justificaría un poco si se protegiera la industria nacional)

Al menos lo que entendí es si yo compro un equipo por amazon no voy a tener problema por el momento, por que solamente es mostrar la factura
 
Al menos lo que entendí es si yo compro un equipo por amazon no voy a tener problema por el momento, por que solamente es mostrar la factura
Si, al parecer (aunque no falta que le digan a uno que no le aceptan la factura en prepago y tome un plan) PERO llegamos a lo mismo, una factura digital es muuuuu[ux50]y fácil de falsificar, entonces cualquier persona podría registrar un celular robado presentando una factura electrónica y teniendo por software un IMEI que no esté en la lista negra, en últimas quedamos en las mismas, siguen robando y legalizando celulares fácilmente mientras que nosotros que compremos un celular por otro medio y quizá no esté homologado si tenemos que voltear e incluso no poder registrarlo. Y algo que me sigue pareciendo absurdo, un viajero tiene que cargar certificado de homologación y factura para activar un celular unos días que esté en el país?

Voy a crear una petición online para ir adelantando camino y tener 'firmas' para que me apoyen por favor, por este medio les pasaré el link y estará en el primer post.

PD: Alguien tiene a la mano el link donde puede uno consultar qué IMEI's tiene registrados con su cédula?
 
  • Me gusta
Reacciones: 2 personas
Al menos lo que entendí es si yo compro un equipo por amazon no voy a tener problema por el momento, por que solamente es mostrar la factura

pues por lo que leo, la CRC se refiere a inmigrantes y no hace referencia a ciudadanos colombianos


Segun esto:

Respecto a los celulares adquiridos en sitios diferentes al operador celular, es importante recordar que los usuarios deben adquirir los equipos en sitios autorizados por el Ministerio de Tic (Resolución CRC 3530 de 2012), el cual el vendedor debera entregar la factura o comprobante de pago (regimén simplificado), certificado de homologación del equipo (incluyendo el IMEI) y la garantía correspondiente; con estos documentos el ETM (equipo terminal móvil) puede ser registrado.

Los que venden celulares en Colombia, diferente a los operadores, les toca hacer la vuelta de la homologacion por cada equipo. Eso mata cualquier competencia :muerto:
 
Bueno muchachos, ya creé la solicitud http://goo.gl/mDFt3 para recoger firmas de apoyo en la propuesta que se presenta (basado en el doc de Google que estaba haciendo y en el que me colaboraron ustedes con sus ideas e inquietudes). Después de tener un buen número de firmas enviaré la carta a la CRC y seguiré el camino de buscar ayuda legal

Si quieren seguirme en twitter, para retwittearme, etc: http://twitter.com/cristianpark
No tengo facebook entonces les agradezco que hagan circular la información por esa red social y por todas partes donde puedan.

El mensaje en Twitter (para que compartan en otras redes sociales) fue: #analisisRegistroCelulares Firmen esta petición para que se aclaren y debatan vacíos en norma para registro celulares http://goo.gl/mDFt3

PD: Se actualiza el primer post, espero que hayan tantas firmas como visitas a este thread (e incluso más)
 
  • Me gusta
Reacciones: 2 personas
Pedón por el doble post pero para no extender demasiado uno sólo pongo aquí la imagen del código QR de la petición por si quieren compartirla
mArlU.png
 
Sigo haciendo eco de la propuesta, van 31 firmas por el momento. La plataforma acepta 100 y con esto enviaría a la CRC preguntando cuántas firmas necesitan para ver si la plataforma deja subir el límite.

Les comparto este texto de un correo que envié por si quieren mandar un correo masivo a sus contactos o en las listas de correo que frecuenten
Buenos días

Estoy adelantando una iniciativa relacionada con la norma que sacó el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones que pretende evitar el hurto de celulares [1], y en la que evidencio varios vacíos que nos perjudican a nosotros los usuarios. En resumidas cuentas, la medida en mi opinión poco o nada frenaría el comercio de celulares robados pero sí nos devolvería 5 o 7 años en comercio de celulares (legales) libres que entren al país por otros medios que no sean los operadores móviles o los autorizados explícitamente por el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones. Mi objetivo es lograr que se haga un debate más a fondo de esta norma y tengo una contra-propuesta de cómo se podría lograr el objetivo de disminuir el comercio de celulares robados.

Hace unos días envié una carta al MinTIC que podrán ver en el primer post de [2], me remitieron a la Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC) y la respuesta (compartida en el mismo foro anterior) confirmó lo que yo había entendido de la norma. Utilicé el foro para refinar la idea y recibir opiniones con lo que pude definir
una propuesta que registré en esta página: goo.gl/mDFt3 que ha tenido un eco positivo en las personas que deseamos aclarar/mejorar algunos puntos de la medida.

Espero que me apoyen con su firma en la página y compartan esta información para enviar una nueva carta a la CRC con las firmas recogidas

Gracias


[1] www.crcom.gov.co/index.php?idcategoria=53892
[2] goo.gl/o0T6q
 
Ya firmaron las 100 personas (yo también lo hice) , ahora que hacemos?, no desaprovechemos esta oportunidad y tratemos de llevarlo a los medios de comunicación, alguien tiene puede colaborar o conoce a alguien que este dispuesto a difundir esto por radio, tv o prensa??
 
Ya firmaron las 100 personas (yo también lo hice) , ahora que hacemos?, no desaprovechemos esta oportunidad y tratemos de llevarlo a los medios de comunicación, alguien tiene puede colaborar o conoce a alguien que este dispuesto a difundir esto por radio, tv o prensa??
Esas 100 firmas eran el límite de la página, envié la carta a la CRC con el contenido de la propuesta y preguntando cuántas firmas se necesitan para que tenga peso para esta entidad. Actualicé el límite a 300 por ahora (sigan firmando y buscando gente por favor), la idea es ir recogiendo firmas para tener las que más se puedan por si la CRC no da una respuesta satisfactoria, emprender la acción legal con las firmas ya recogidas.

Sobre lo de medios de comunicación, por twitter mandé a todos los periódicos y noticieros que vi pero nadie respondió, también envié el caso a Caracol TV (cuando recién comenzaba pidiendo asesoría) y dijeron que no podían ayudarme, quizá ahora sí nos colaboren, me parece genial buscar el apoyo para difundir esta propuesta, propongan cuál canal que se les ocurra para seguir haciendo circular la información y que todos se enteren de esto =)
 
También le mandé correo a Manuel Teodoro pero no he recibido respuesta, le mandé Tweet a Pirry, Vicky Dávila, Julio Sanchez, Daniel Samper, a todo el mundo enserio jeje

Coloque una foto de una mujer bonita en el perfil o adjunte foto de uno de los "libros" de Daniel Samper y verá de inmediato el RT, con Pirry dígale que muy rica la comida en Suesca, y con julito que va de parte de Pacific Rubiales. :p

Pd: Solicitud firmada, lo compartiré entre familiares y amigos.
 
  • Me gusta
Reacciones: 2 personas
Buenas tardes muchachos(as)

Me dieron una respuesta interesante en el foro de Consultorio Jurídico de LANeros y me gustaría compartirla con ustedes y también mi posterior respuesta para que me compartan su apreciación, toda retroalimentación para la propuesta es más que bienvenida, es más desde que empecé con esto he alentado a hacerlo

Mi post inicial
Buenos días

Antes que nada, quería decirles que si no han firmado la petición para lo del registro de celulares, lo hagan!!! goo.gl/mDFt3

Por otro lado quería preguntarles cuántas firmas se necesitan en una acción legal para que tenga validez, se han recogido 102 en la petición hasta el momento y subí el límite a 300 pero desconozco cuántas deben recogerse por el lado legal (si es necesario presentar un derecho de petición o algo así ante la CRC)
Post de cAr!cUl0
Responder: Originalmente Escrito por Cristianpark
Buenos días

Antes que nada, quería decirles que si no han firmado la petición para lo del registro de celulares, lo hagan!!! goo.gl/mDFt3

Por otro lado quería preguntarles cuántas firmas se necesitan en una acción legal para que tenga validez, se han recogido 102 en la petición hasta el momento y subí el límite a 300 pero desconozco cuántas deben recogerse por el lado legal (si es necesario presentar un derecho de petición o algo así ante la CRC)


Como derecho de petición, con una sola persona basta. El hecho de recoger más firmas es para poner presión política sobre la gestión que se pretende.

Ya lo otro sería intentar una acción de grupo que en este caso no la veo tan clara ni eficiente pues con la norma que se pretende atacar no veo una flagrante violación de derechos fundamentales, sino algunos derechos económicos pero a la luz de una norma legítimamente emitida.

Legalmente lo procedente sería pretender la anulación de la norma, que tampoco la veo tan clara ni práctica. Lo ideal: presión política sobre el MinTIC para que atienda las inquietudes y mire la posibilidad de modular la norma via reglamentación.

No obstante hay que recordar: las LEYES perfectas no existen, porque son para los hombre, que tampoco son perfectos

Por último: respetuosamente discrepo de la idea de pretender registrar en lista blanca un celular solo porque su IMEI coincida en SW y en HW, pues el sticker del HW es fácilmente modificable y abriría la puerta a registro de equipos robados.

Detalle importante: comprar un celular en el exterior e ingresarlo a través de correo courier no es lo mismo que importarlo y adicionalmente gústenos o no, el MinTIC tiene definido que el uso de equipos celulares en nuestro país debe ser previamente homologado, que no siempre es el caso de los que traemos "importados". Además es importante la exigencia de la factura, pero si coincido en que debe ser válida la de cualquier tienda, nacional o extranjera, para el registro, pues si debe permitirse la importación unitaria, individual, de equipos, que con esta normativa se está restringiendo al exigir registro para su importación.

Pero con todo y los pros y los contras, personalmente creo que nuestro país en este momento necesita una norma policiva, fuerte, exigente como la implementada por el Ministerio, porque por encima de nuestro derecho a importar un celular, está el derecho de la integridad personal y la vida de todos nosotros cuando somos víctimas del robo de celular.

PD: no voy a contestar a comentarios que hagan respecto de este post así que siéntanse libres de expresar o no su afinidad o diferencia con el mismo
Mi post en respuesta
Gracias por la respuesta tan detallada, es bueno tener retroalimentación y nuevas ideas
Responder:
Originalmente Escrito por cAr!cUl0
Legalmente lo procedente sería pretender la anulación de la norma, que tampoco la veo tan clara ni práctica. Lo ideal: presión política sobre el MinTIC para que atienda las inquietudes y mire la posibilidad de modular la norma via reglamentación.

Eso es lo que se busca con la iniciativa que estoy adelantando, anular la norma no es lo que se pretende, es quedarnos en las mismas (que claramente no está bien) y una pérdida de recursos y tiempo en el estudio que se hizo para la norma. Lo que se quiere es que se implemente de una manera más óptima y/o que al menos todos los puntos sean lo suficientemente claros y ojalá buscando frenar el robo pero sin ponernos trabas innecesarias a nosotros Responder:
Originalmente Escrito por cAr!cUl0
Por último: respetuosamente discrepo de la idea de pretender registrar en lista blanca un celular solo porque su IMEI coincida en SW y en HW, pues el sticker del HW es fácilmente modificable y abriría la puerta a registro de equipos robados.

Detalle importante: comprar un celular en el exterior e ingresarlo a través de correo courier no es lo mismo que importarlo y adicionalmente gústenos o no, el MinTIC tiene definido que el uso de equipos celulares en nuestro país debe ser previamente homologado, que no siempre es el caso de los que traemos "importados". Además es importante la exigencia de la factura, pero si coincido en que debe ser válida la de cualquier tienda, nacional o extranjera, para el registro, pues si debe permitirse la importación unitaria, individual, de equipos, que con esta normativa se está restringiendo al exigir registro para su importación.


En lo de traer un celular, no entiendo entonces qué es lo que uno paga en Aduana y las demoras ahí si no queda ya importado lo que uno trae pero este no es el espacio para esta duda. En lo de celulares homologados, entonces si ya se saben qué celulares están homologados y son los únicos que pueden comercializarse en el país (lista en la pag de la CRC) para qué tiene uno que presentar un registro de homologación que ellos pueden consultar fácilmente?

Estoy de acuerdo con ud en que deberían aceptar cualquier factura (esto ya lo hace la medida supuestamente pero quedan dudas al leer algunos apartes). Ud dice que alterar la etiqueta de un equipo es fácil, bien, falsificar una factura impresa no es aún más sencillo? Así exigieran ambos hay posibilidad de falsificación, por eso podríamos hablar también de un esfuerzo conjunto con fabricantes (que se supone tienen acuerdos con los operadores y demás que con el MinTIC) para que al momento de un registro se valide con el fabricante si el IMEI corresponde a un equipo de ese modelo vendido por ellos (los casos de celulares no homologados serán menos frecuentes, y por ende, menos robados/falsificados). Estamos en una era digital donde todo puede estar a uno o dos clicks de distancia, hagamos uso de eso Responder:
Originalmente Escrito por cAr!cUl0
Pero con todo y los pros y los contras, personalmente creo que nuestro país en este momento necesita una norma policiva, fuerte, exigente como la implementada por el Ministerio, porque por encima de nuestro derecho a importar un celular, está el derecho de la integridad personal y la vida de todos nosotros cuando somos víctimas del robo de celular.

Claro, nadie ha dicho lo contrario

Me parece muy interesante su respuesta porque es bueno ver varios puntos de vista (nadie tiene la verdad absoluta) respeto su posición y es enriquecedora, lo único que no me gustó es Responder:
Originalmente Escrito por cAr!cUl0
PD: no voy a contestar a comentarios que hagan respecto de este post así que siéntanse libres de expresar o no su afinidad o diferencia con el mismo

Porque cierra la posibilidad de cualquier diálogo posterior o debate, yo puedo venir y decirles a todos que son unos (ponga su insulto preferido aquí) y cerrar con: "no me quoteen porque no voy a responder a esto" ahí muere el sentido de un foro y de un debate. Imagine ud como abogado defensor que impartan un fallo y le digan que no importa lo que ud diga de ahí en adelante, así ud apele y tenga la razón, el juez no le va a poner cuidado

De igual forma respondí a su post porque está muy interesante, gracias
Con esta respuesta puedo nutrir la propuesta para la CRC y el MinTIC, lo de verificación de IMEI's podría estar acompañado por factura (por qué no desde que acepten cualquiera de Amazon, etc) y por verificación en los IMEI's de equipos que venden los fabricantes como medida adicional, las herramientas están, falta usarlas
 
  • Me gusta
Reacciones: 4 personas
Pregunta general, ya están pidiendo la factura o con el tema del pico y placa en que andan todavía no es necesario?
 
Pregunta general, ya están pidiendo la factura o con el tema del pico y placa en que andan todavía no es necesario?
Hasta el momento no exigen factura (aunque ud puede adjuntar una al momento de registrar un equipo vía web), pasado el plazo de registro exigen factura sí o sí

Me respondieron sobre la petición que presenté a la CRC en días pasados (http://pastebin.com/3gkSnArg). Por lo que se ve en la respuesta parece que era más que todo desinformación en los medios y en las mismas páginas que ellos presentan para los usuarios, pero por la respuesta entiendo que:
1. Se pueden registrar varios equipos con una SIM. En la comunicación de la CRC que se refirió en la primera página, la funcionaria dijo que sólo se podía un equipo por SIM, al igual que los operadores respondieron a El Tiempo
goo.gl/qDqLf]@AYAMAN2008: ¿Hay opción de registrar más de un equipo para una sola línea? SC: Como tal, no. Se puede registrar más de un equipo para una sola persona, es decir, una sola cédula. Pero por ejemplo se pueden registrar cinco equipos con cinco líneas diferentes y el usuario puede rotar la tarjeta SIM en esos cinco equipos. La razón es que todos estarían al nombre de una sola persona.
2. Asumen que las facturas que uno presenta (sea como sean) son válidas y si se supone que revisan el IMEI por Hardware y Software para que correspondan
para el proceso de registro adicionalmente el proveedor de redes y servicios hará la solicitud de prueba de adquisición legal del equipo terminal móvil (factura, comprobante de pago, etc.) a través de los medios que disponga para este fin. Lo anterior de acuerdo con lo establecido en la Resolución CRC 3530 de 2012 y artículo 8º del Decreto 1630 de 2011. Es importante tener en cuenta que el usuario es responsable de la veracidad de la información suministrada, así como los soportes que suministre al operador móvil
Así no habría problema con los equipos traídos del exterior comprados por Amazon ni con los que traigan extranjeros, aunque esto suena muy bueno para ser verdad (tocará en ese caso esperar que empiecen a haber irregularidades para remitirse a la respuesta que me dio la CRC)

3. Equipos homologados. Ahí si sigue el problema (pero no se implementó sólo con esta medida sino desde antes) porque si no está homologado no se puede registrar. En este punto resta averiguar si es posible para una persona natural (y que no es importador ni nada) solicitar la homologación del equipo que trajo al país de forma que se pueda usar/comercializar sin problema

No se necesitó adelantar una acción legal, con la PQR dieron una respuesta completa y parece que la medida si está bien pensada pero no la exponen con la claridad suficiente (les diré esto en una nueva PQR) y la info que nos llega a nosotros es a medias y en algunos casos, imprecisa

Sobre mis dudas iniciales me quedan en el tintero (las plasmaré en la nueva PQR y actualizaré este thread con la respuesta como hasta ahora):
- Un celular que ahora no está homologado se puede registrar en estos momentos (ya lo hice con mi OpenMoko), si más adelante se quiere vender, no se podría? (esto relacionado con la pregunta de pedir homologación)
- Cómo se manejan los cambios de SIM Card? ha circulado información que si yo pongo una SIM diferente de la usada para registrar el equipo, me llaman a verificar información, qué pasa con un equipo que registré y posteriormente guardé sin una SIM Card?

Si tienen dudas adicionales, por favor regístrenlas en los documentos de Google y registren PQR en la CRC, que todo hay que decirlo, ha sido muy diligente en dar respuesta a las solicitudes que les he hecho

PD: Agradezco a los moderadores haber puesto el thread como sticky y les solicito que lo dejen así una semana más para que las personas vean la respuesta de la CRC (dentro de un rato actualizaré el primer post con la info que registré aquí) y posteriormente se quite el sticky y quede como un lugar donde se canalizaron dudas y se brindaron respuestas para la medida de la CRC y el MinTIC
 
Perdón por el doble post

Ayer envié el nuevo PQR a la CRC pero me quedó sonando esta parte de la respuesta
Ahora bien, en caso de que el equipo terminal móvil adquirido en el exterior inicie actividad en la red después del 1º de Octubre de 2012; para el proceso de registro adicionalmente el proveedor de redes y servicios hará la solicitud de prueba de adquisición legal del equipo terminal móvil (factura, comprobante de pago, etc.) a través de los medios que disponga para este fin. Lo anterior de acuerdo con lo establecido en la Resolución CRC 3530 de 2012 y artículo 8º del Decreto 1630 de 2011. Es importante tener en cuenta que el usuario es responsable de la veracidad de la información suministrada, así como los soportes que suministre al operador móvil
Dicen que uno es responsable de la veracidad de la información suministrada pero hablan de la resolución CRC 3530 y esta resolución contempla requisitos para que vendedores soliciten el aval para la comercialización de equipos móviles pero no hablan de qué facturas se aceptan.

Por esto acabo de incluir una pregunta adicional para que nos aclaren puntualmente si sí aceptan facturas de Amazon, Ebay, Mercado Libre, etc al momento de registrar un celular libre adquirido por estos medios. Es mejor tener todo bien claro por si es necesario seguir adelantando la solicitud de firmas, por ahora se pueden seguir recolectando como indicador de desconocimiento por parte de la comunidad y necesidad de aclaración por parte de la CRC y el MinTIC
 

Los últimos temas