Viajes ¿Cuál es el mejor país para emigrar desde Colombia?

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Estado
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teniendo en cuenta que aún estoy pagando mi casa acá lo que según entiendo me constituiría en residente fiscal.
En serio? Tener un crédito hipotecario de vivienda automáticamente me hace residente fiscal en Colombia???

Edit: no es así porque sus ingresos provendrían del país donde va a residir (Costa Rica):
  • No serán residentes fiscales, los nacionales que cumplan con alguno de los literales del numeral 3, pero que reúnan una de las siguientes condiciones:
    • Que el cincuenta por ciento (50%) o más de sus ingresos anuales tengan su fuente en la jurisdicción en la cual tengan su domicilio.
 
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Tenía entendido que clasificaba por esto:

d) El cincuenta por ciento (50%) o más de sus activos se entiendan poseídos en el país; o.

Pues eso precisamente es lo que aun me hace a mi declarar renta en Colombia.

Requisitos para ser residente fiscal en Colombia.​

El artículo 10 del estatuto tributario contiene los requisitos para ser residente fiscal en Colombia:
  1. Permanecer continua o discontinuamente en el país por más de ciento ochenta y tres (183) días calendario (…)
  2. (…)
  3. Ser nacionales y que durante el respectivo año o periodo gravable:
    1. (…); o,
    2. (…); o,
    3. El cincuenta por ciento (50%) o más de sus bienes sean administrados en el país; o,
    4. (…); o.
    5. (…); o,
    6. (…).
  4. Las personas naturales nacionales que, de acuerdo con las disposiciones de este artículo acrediten su condición de residentes en el exterior para efectos tributarios, deberán hacerlo ante la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales mediante certificado de residencia fiscal o documento que haga sus veces, expedido por el país o jurisdicción del cual se hayan convertido en residentes.
  5. No serán residentes fiscales, los nacionales que cumplan con alguno de los literales del numeral 3, pero que reúnan una de las siguientes condiciones:
    1. Que el cincuenta por ciento (50%) o más de sus ingresos anuales tengan su fuente en la jurisdicción en la cual tengan su domicilio.
    2. Que el cincuenta por ciento (50%) o más de sus activos se encuentren localizados en la jurisdicción en la cual tengan su domicilio.
  6. (…)
Fuente: https://www.gerencie.com/residencia-para-efectos-tributarios.html/amp
 
Pues eso precisamente es lo que aun me hace a mi declarar renta en Colombia.
Entonces al parecer en su caso no tendría que declarar allá (en Colombia)

Requisitos para ser residente fiscal en Colombia.​

El artículo 10 del estatuto tributario contiene los requisitos para ser residente fiscal en Colombia:
  1. Permanecer continua o discontinuamente en el país por más de ciento ochenta y tres (183) días calendario (…)
  2. (…)
  3. Ser nacionales y que durante el respectivo año o periodo gravable:
    1. (…); o,
    2. (…); o,
    3. El cincuenta por ciento (50%) o más de sus bienes sean administrados en el país; o,
    4. (…); o.
    5. (…); o,
    6. (…).
  4. Las personas naturales nacionales que, de acuerdo con las disposiciones de este artículo acrediten su condición de residentes en el exterior para efectos tributarios, deberán hacerlo ante la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales mediante certificado de residencia fiscal o documento que haga sus veces, expedido por el país o jurisdicción del cual se hayan convertido en residentes.
  5. No serán residentes fiscales, los nacionales que cumplan con alguno de los literales del numeral 3, pero que reúnan una de las siguientes condiciones:
    1. Que el cincuenta por ciento (50%) o más de sus ingresos anuales tengan su fuente en la jurisdicción en la cual tengan su domicilio.
    2. Que el cincuenta por ciento (50%) o más de sus activos se encuentren localizados en la jurisdicción en la cual tengan su domicilio.
  6. (…)
Fuente: https://www.gerencie.com/residencia-para-efectos-tributarios.html/amp
 
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Que más, para los que viven en Europa porfa,ya que me vine a vivir por acá ¿qué simcard me recomiendan para UK?

Recuerdo que en algún post hablaron de unas que sirven por toda Europa, pero pues quiero ver las opciones y la mejor costo/beneficios/cobertura.

Gracias,
 
Entonces al parecer en su caso no tendría que declarar allá (en Colombia)

Ya tocamos el tema hace unos meses... y en el link que ud. señala está la respuesta

Tal cual como dice swiftie, no lo sería:

1649128345369.png


Yo supongo que el patrimonio del Lanero supera los 163 Millones y por eso declara. O mueve más de 50Millones en un año.

Y ya lo dije en esa época. Si uno mueve 20Millones entre 3 bancos durante un año (ej. de un CDT a otro).

Cada banco reportará 20Millones y para la DIAN ud. movió 60 Millones.

Respuesta larga de diciembre


Tony.
 
Entonces al parecer en su caso no tendría que declarar allá (en Colombia)

Ahora ya no se, tengo que preguntarle a la contadora que me maneja eso. La verdad no creo que sea tan lenta como para no saber cuando no tengo que declarar, y ella precisamente me pide todos los años lo que en teoría dicen aquí que me salvaría de declarar. La contadora ha trabajado con la familia por muchos años y siempre nos ha ido bien con ella. Los foros no siempre reemplazan a un profesional, aunque uno nunca sabe.
 
Ya tocamos el tema hace unos meses... y en el link que ud. señala está la respuesta



Ver el archivos adjunto 504714

Yo supongo que el patrimonio del Lanero supera los 163 Millones y por eso declara. O mueve más de 50Millones en un año.

Y ya lo dije en esa época. Si uno mueve 20Millones entre 3 bancos durante un año (ej. de un CDT a otro).

Cada banco reportará 20Millones y para la DIAN ud. movió 60 Millones.

Respuesta larga de diciembre


Tony.
Si, no recordaba que ya se había tocado el tema.

En mi caso puntual, yo vivo en Alemania desde hace 6 años (Marzo 2016) y la última declaración que hice si no estoy mal fue la de 2015. Desde entonces no he recibido ingresos en Colombia y lo único que tengo allá es un carro a nombre mío compartido con otra persona, es decir a nombre de los dos. No sé si eso me obligue a tener que declarar allá.
Ahora ya no se, tengo que preguntarle a la contadora que me maneja eso. La verdad no creo que sea tan lenta como para no saber cuando no tengo que declarar, y ella precisamente me pide todos los años lo que en teoría dicen aquí que me salvaría de declarar. La contadora ha trabajado con la familia por muchos años y siempre nos ha ido bien con ella. Los foros no siempre reemplazan a un profesional, aunque uno nunca sabe.
De acuerdo, es que en realidad el texto es confuso y puede llevar a malinterpretaciones
 
Buen día laner@s,

Algún ha tenido experiencia o conoce algún caso de alguien que haya emigrado a Costa Rica? Tengo una oferta por casi el doble de sueldo y suena tentadora pero entiendo que no solo el costo de vida es más elevado; me preocupa el tema de impuestos tanto allá como en colombia, tendiendo en cuenta que aún estoy pagando mi casa acá lo que según entiendo me constituiría en residente fiscal.

Gracias de antemano!
yo tengo par de familiares que estan alla. muy bueno, en el caso son ingenieros. y en centro america las universidades son muy malas y los traen de aca, yo estuve en otros paises de centro america, y hay necesidad, por que son pocos y no saben. hay mucha demanda en la industria, y los ingenieros de alla solo sirven para la parte residencial, y algo comercial. por esta razón les dan buenas condiciones laborales. salario, que es 2 o 3 veces lo que pagan en su pais. vuelos y otras prevendas. todo para que mantenga las plantas con casi 100 de confiabilidad, y cero de tiempos de parada.


1649164122760.png
 
Si, no recordaba que ya se había tocado el tema.

En mi caso puntual, yo vivo en Alemania desde hace 6 años (Marzo 2016) y la última declaración que hice si no estoy mal fue la de 2015. Desde entonces no he recibido ingresos en Colombia y lo único que tengo allá es un carro a nombre mío compartido con otra persona, es decir a nombre de los dos. No sé si eso me obligue a tener que declarar allá.

De acuerdo, es que en realidad el texto es confuso y puede llevar a malinterpretaciones
Ud no tiene que declarar si solo posee un carro.

La ley es clara. Debe romper los topes exigidos para declarar. Los topes son iguales para residentes y no residentes en Colombia. Incluso hasta los nos residentes tienen un excepción si la cumplen:

Declaración de renta de los extranjeros sin residencia en el país.

Al igual que los extranjeros con residencia fiscal en Colombia, los que no tienen residencia fiscal están sujetos a las misas reglas respecto a la obligación de presentar la declaración de renta o no, pero para el caso de los no residentes, el numeral 2 del artículo 592 del estatuto tributario contempla la siguiente excepción:

«Las personas naturales o jurídicas, extranjeras, sin residencia o domicilio en el país, cuando la totalidad de sus ingresos hubieren estado sometidos a la retención en la fuente de que tratan los artículos 407 a 411, inclusive, y dicha retención en la fuente así como la retención por remesas cuando fuere del caso, les hubiere sido practicada.»

Y el artículo 1.2.1.20.1 del decreto 1625 de 2016 señala:

«Cuando la totalidad de los ingresos de la persona natural extranjera y sucesión ilíquida de causante extranjero, sin residencia o domicilio en el país, hubieren estado sometidos a la retención en la fuente de que tratan los artículos 407 a 411 del Estatuto Tributario, inclusive, no estarán obligados a presentar la declaración del impuesto sobre la renta y complementarios, de conformidad con el numeral 2 del artículo 592 del Estatuto Tributario.»

Es decir que, si el extranjero, que no es residente cumple con los topes para estar obligado a presentar la declaración de renta, no debe presentarla si se da el supuesto señalado por la norma.

Es importante precisar que los artículos 407 a 411 del estatuto tributario versan sobre la retención en la fuente sobre pagos enviados al exterior, y es probable que el extranjero reciba pagos en Colombia, y ese tipo de pagos, así estén sometidos a retención, no hacen que el extranjero quede exonerado de la presentación de la declaración.

Si el extranjero recibe pagos en Colombia, es decir, que son pagos que el pagador no transfiere al exterior, debe declarar renta en la medida en que cumpla los topes generales para estar obligado.

Fuente

EDIT: Justo lo que dice Tony arriba. Es eso y nada más.

Su carro supongo no es un patrimonio de 163 millones. Ud no mueve plata en Colombia que supere los 50 Millones de Pesos anuales o recibe ingresos por esos valores, No tiene propiedades por más de 163 millones, No gasta en TC 50 millones al año, Puede dormir tranquilo.

Ahora bien Declarar NO ES Pagar. Ud puede romper los topes, pero no necesariamente tiene que pagar. Decir que recibió 49 millones 800 que son el tope justo en una cuenta y ya. Declara que recibió eso mas no tiene que pagar nada. Se paga de acuerdo a una tabla y entre mas reciba ahi se va calculando cuanto paga menos la retenciones que le hayan hecho.
 
Última edición:
Que mas,

Sigo con mis preguntas de UK, aunque sé que pocos o casi ninguni vive acá, me han servido las respuestas desde la perspectiva europea igualmente. El que sepa porfa me cuenta:

¿Puedo toma agua de la llave directamente?

En Medellín solía llenar un termo de 2 litros y me tomaba de 4 a 5 termados durante el día.

Y acá ando tomando solo las sobremesas y me hace falta estar tomando agua...

Estoy en Saint Albans en este momento, y encontré respuestas de personas X que dicen que sí se puede, pero nada como mas formal.
(En Medellín incluso recomiendan desde la administración el tomar el agua mas de la canilla que embotellada, es mejor tratada, almacenada y distribuida que muchas aguas embotelladas)

Gracias,
 
Que mas,

Sigo con mis preguntas de UK, aunque sé que pocos o casi ninguni vive acá, me han servido las respuestas desde la perspectiva europea igualmente. El que sepa porfa me cuenta:

¿Puedo toma agua de la llave directamente?

En Medellín solía llenar un termo de 2 litros y me tomaba de 4 a 5 termados durante el día.

Y acá ando tomando solo las sobremesas y me hace falta estar tomando agua...

Estoy en Saint Albans en este momento, y encontré respuestas de personas X que dicen que sí se puede, pero nada como mas formal.
(En Medellín incluso recomiendan desde la administración el tomar el agua mas de la canilla que embotellada, es mejor tratada, almacenada y distribuida que muchas aguas embotelladas)

Gracias,
Yo siempre le respondo pendejadas, pero aquí voy de nuevo: yo le recomiendo un filtro. Alguna vez ha estado en un apartamento o casa vieja, donde luego de no abrir la llave de agua por un tiempo, sale como café? Es porque la tubería está con problemas. Así las cosas, desde la administración pueden decir que es el mejor agua del mundo y que sea cierto, pero finalmente depende de la tubería de su lugar de residencia que muchas veces puede no estar en el mejor estado, así que yo optaría por un filtro. Del agua embotellada siempre dicen que no está tratada de lo mejor o que como mínimo tienen el problema de los microplásticos o algo así).

Llevo rato queriendo hacerle la siguiente pregunta: si usted se fue a UK con sus ingresos de acá, cómo va a hacer para el tema tributario? Se puede acoger al acuerdo que existe entre ambas "naciones" o lo que sea, para evitar la doble tributación? O cómo es la cosa ahí? Tengo entendido que en su caso vive en un apartamento creo que propio, por la ubicación que una vez la mencionó estoy casi seguro de que solo con eso ya da para estar obligado a declarar. Es mi caso estoy en esa situación (sí o sí obligado a declarar por patrimonio, adicional a que conservaría mis ingresos de acá), y estoy buscando la forma para irme (igual, con el salario de acá) pero el tema tributario no lo había pensado mucho, y desde ayer que lo mencionaron me tiene eso cabezón porque si me toca tributar doble, ya no me alcanzaría el billete.

También quisiera preguntarle sobre cómo logró la Visa de Skilled worker. Por ahí medio vi que es con un sistema de puntos pero lo que daba bastantes puntos es tener una oferta laboral de un empleado de allá (esto es más como a forma de chisme porque no me quiero ir propiamente a UK aunque no sería una mala opción del todo).

La última y si no es de mucha molestia, quisiera preguntarle en qué empresa trabaja que le permitió hacer la movida. Solo se me ocurre Endava que ellos tienen sede allá en UK (de hecho creo que es como su casa matriz) o alguna ya que yo no conozca porque de resto, no ha sido tan fácil conseguir una oferta de una empresa que en serio me permita trabajar remoto fuera de Colombia, específicamente en Europa (soy consciente de que existen unos temas de Visa que puedo solucionar por mi cuenta y se los he mencionado, pero aún así existen otras limitaciones o políticas propias que no han hecho posible la movida).
 
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Que mas,

Sigo con mis preguntas de UK, aunque sé que pocos o casi ninguni vive acá, me han servido las respuestas desde la perspectiva europea igualmente. El que sepa porfa me cuenta:

¿Puedo toma agua de la llave directamente?

En Medellín solía llenar un termo de 2 litros y me tomaba de 4 a 5 termados durante el día.

Y acá ando tomando solo las sobremesas y me hace falta estar tomando agua...

Estoy en Saint Albans en este momento, y encontré respuestas de personas X que dicen que sí se puede, pero nada como mas formal.
(En Medellín incluso recomiendan desde la administración el tomar el agua mas de la canilla que embotellada, es mejor tratada, almacenada y distribuida que muchas aguas embotelladas)

Gracias,

El agua de la llave es segura para tomar en prácticamente todo Europa occidental. Lo único raro es que en algunas partes el contenido mineral del agua de la llave puede ser más alto que lo que uno esta acostumbrado y el agua le sepa a raro. Pero como los ingleses siempre se quejan de eso del agua en Alemania, asumo que la del Reino Unido no es tan pesada como la de aquí.

Llevo rato queriendo hacerle la siguiente pregunta: si usted se fue a UK con sus ingresos de acá, cómo va a hacer para el tema tributario? Se puede acoger al acuerdo que existe entre ambas "naciones" o lo que sea, para evitar la doble tributación? O cómo es la cosa ahí? Tengo entendido que en su caso vive en un apartamento creo que propio, por la ubicación que una vez la mencionó estoy casi seguro de que solo con eso ya da para estar obligado a declarar. Es mi caso estoy en esa situación (sí o sí obligado a declarar por patrimonio, adicional a que conservaría mis ingresos de acá), y estoy buscando la forma para irme (igual, con el salario de acá) pero el tema tributario no lo había pensado mucho, y desde ayer que lo mencionaron me tiene eso cabezón porque si me toca tributar doble, ya no me alcanzaría el billete.

Los empleados normales no están forzados a presentar declaración de impuestos, los sueldos ya tienen las deducciones a todas las contribuciones. Normalmente uno declara impuestos si tiene cosas para deducir y quiere que le devuelvan plata. O como ha pasado en la pandemia, algunas ayudas se entregan en la declaración de impuestos, así que hay que hacerla para que le llegue esa platica.
 
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Ud no tiene que declarar si solo posee un carro.

La ley es clara. Debe romper los topes exigidos para declarar. Los topes son iguales para residentes y no residentes en Colombia. Incluso hasta los nos residentes tienen un excepción si la cumplen:



Fuente

EDIT: Justo lo que dice Tony arriba. Es eso y nada más.

Su carro supongo no es un patrimonio de 163 millones. Ud no mueve plata en Colombia que supere los 50 Millones de Pesos anuales o recibe ingresos por esos valores, No tiene propiedades por más de 163 millones, No gasta en TC 50 millones al año, Puede dormir tranquilo.

Ahora bien Declarar NO ES Pagar. Ud puede romper los topes, pero no necesariamente tiene que pagar. Decir que recibió 49 millones 800 que son el tope justo en una cuenta y ya. Declara que recibió eso mas no tiene que pagar nada. Se paga de acuerdo a una tabla y entre mas reciba ahi se va calculando cuanto paga menos la retenciones que le hayan hecho.
Si, efectivamente no cumplo ninguna de esas condiciones y el dicho carro no cuesta eso. Lo curioso es que si bien legalmente el carro es mío, mi mitad se la vendí a la otra persona hace como 4 años pero nunca formalizamos el traspaso/venta. Espero este año hacer esa vuelta (la otra persona es una exnovia que durante todo este tiempo tampoco le interesó mucho formalizar eso).

También me queda claro que declarar no necesariamente implica pagar. ;)
 
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Sobre lo del tema de trabajar remoto sería bueno que averigue si allá en el RU es permitido vivir allá trabajando remoto para una empresa que no es de allá o con un contrato de trabajo firmado en otro lado.

Por lo menos en el caso de Alemania, no es posible venirse a vivir aquí teniendo un trabajo que se pueda hacer de forma remota. Es decir, tiene que tener un contrato de trabajo con los estándares alemanes y en el que se paguen las prestaciones y parafiscales. La empresa no necesariamente tiene que tener representación en Alemania pero si debe garantizar el pago de dichas prestaciones ya sea directamente o a través del empleado para que este mismo haga los aportes. Muchas empresas obviamente no se van a poner a hacer todo eso o a arreglar un contrato sólo por una persona.

No sé si en el RU sea igual o en otros paises de la EU, pero es algo que deben tener en cuenta.
 
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Yo siempre le respondo pendejadas, pero aquí voy de nuevo: yo le recomiendo un filtro. Alguna vez ha estado en un apartamento o casa vieja, donde luego de no abrir la llave de agua por un tiempo, sale como café? Es porque la tubería está con problemas. Así las cosas, desde la administración pueden decir que es el mejor agua del mundo y que sea cierto, pero finalmente depende de la tubería de su lugar de residencia que muchas veces puede no estar en el mejor estado, así que yo optaría por un filtro. Del agua embotellada siempre dicen que no está tratada de lo mejor o que como mínimo tienen el problema de los microplásticos o algo así).

Llevo rato queriendo hacerle la siguiente pregunta: si usted se fue a UK con sus ingresos de acá, cómo va a hacer para el tema tributario? Se puede acoger al acuerdo que existe entre ambas "naciones" o lo que sea, para evitar la doble tributación? O cómo es la cosa ahí? Tengo entendido que en su caso vive en un apartamento creo que propio, por la ubicación que una vez la mencionó estoy casi seguro de que solo con eso ya da para estar obligado a declarar. Es mi caso estoy en esa situación (sí o sí obligado a declarar por patrimonio, adicional a que conservaría mis ingresos de acá), y estoy buscando la forma para irme (igual, con el salario de acá) pero el tema tributario no lo había pensado mucho, y desde ayer que lo mencionaron me tiene eso cabezón porque si me toca tributar doble, ya no me alcanzaría el billete.

También quisiera preguntarle sobre cómo logró la Visa de Skilled worker. Por ahí medio vi que es con un sistema de puntos pero lo que daba bastantes puntos es tener una oferta laboral de un empleado de allá (esto es más como a forma de chisme porque no me quiero ir propiamente a UK aunque no sería una mala opción del todo).

La última y si no es de mucha molestia, quisiera preguntarle en qué empresa trabaja que le permitió hacer la movida. Solo se me ocurre Endava que ellos tienen sede allá en UK (de hecho creo que es como su casa matriz) o alguna ya que yo no conozca porque de resto, no ha sido tan fácil conseguir una oferta de una empresa que en serio me permita trabajar remoto fuera de Colombia, específicamente en Europa (soy consciente de que existen unos temas de Visa que puedo solucionar por mi cuenta y se los he mencionado, pero aún así existen otras limitaciones o políticas propias que no han hecho posible la movida).
Validaré lo del filtro, gracias. Tienes razón, así lo hago en Medellín incluso.

Sobre sus preguntas:
Una cosa es declarar y otra es pagar impuestos.

Por ahora tengo 2 situaciones:
1) Renta y patrimonio proveniente de Colombia: Estos me obligan a declarar renta en Colombia y pagar por ahora, ya que tal cual dice tengo patrimonio bruto suficiente para declarar y entrar en topes que obligan a pagar sobre ese patrimonio.
Lo mismo me ocurre con el salario, ya de por si me hacen retefuente y la suma al final del año da para declarar y pagar.
Esto en la declaración son las diferentes cédulas por las cuáles hay que declarar.
Adicionalmente tengo acciones en Real Estate que me dan repartición de utilidades bimestrales, lo cual también me saca una porción...

2) Si paso a empezar a trabajar en UK y dejo de percibir salario de Colombia, si sigue siendo necesario declarar, pero bajaria bastante lo que pago finalmente. Que se esté en el tope para declarar renta, que cada año lo bajan más (y es muy pesado para quién no sabe de esto, porque igual le toca analizar y declarar), no significa que tenga que pagar.

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Sobre la visa, tiene bastantes requisitos tener skilled worker, la principal es tener ya una empresa en UK que responda por usted y diligencie una carta indicando su contratación y movimiento a UK. Para mi caso, esa carta la teníamos para mi esposa, y a mi me tocó fue demostrar que estaba casado con ella (incluidas fotos de varios años juntos, no era suficiente con el certificado de matrimonio) adicionales a los papeles normales de solitud de visa.

---

Sobre el teletrabajo, para poder venir me incluyen como beneficiario y tengo cobertura médica y de todo por el trabajo de mi esposa.
Para trabajar con Colombia, cada empresa tiene sus modelos. He visto varias que cambian el contrato y lo pasan a modelo de prestación de servicios. La mía me dejó viajar, pero sigo yendo a Colombia periódicamente (igual llevo 8 años en esta con una posición alta y de confianza).

Suerte,
 
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Yo siempre le respondo pendejadas, pero aquí voy de nuevo: yo le recomiendo un filtro. Alguna vez ha estado en un apartamento o casa vieja, donde luego de no abrir la llave de agua por un tiempo, sale como café? Es porque la tubería está con problemas. Así las cosas, desde la administración pueden decir que es el mejor agua del mundo y que sea cierto, pero finalmente depende de la tubería de su lugar de residencia que muchas veces puede no estar en el mejor estado, así que yo optaría por un filtro. Del agua embotellada siempre dicen que no está tratada de lo mejor o que como mínimo tienen el problema de los microplásticos o algo así).
No necesariamente.

Cuando una tubería bota cosas cafés puede ser por muchas razones. y no necesariamente tienen que ver con la calidad del agua.

1649258878377.png

  1. Que las instalaciones hidrosanitarias son muy viejas de la casa, y las tuberias se empiezan a corroer, oxidar y a deshacer. para que exista la oxidación deben haber tres elementos. es algo similar a el triangulo del fuego. si se quita un elemento no hay fuego, y lo mismo con la oxidación, si se quita uno de los tres elementos, se detiene ese proceso. El tema es que cuando hay oxidación, el material se deshace y en pequeñas particulas. ligeramente ud se estaria tomando ese metal de la tubería de su casa. ese es un problema de la instalación, no del agua.
  2. el tanque de almacenamiento de agua de la casa o edificio no se le hacen los respectivos mantenimientos. ahi si recoge sedimentos y permanecen en la parte de abajo del tanque, y pasan atraves de las tuberías.
  3. cuando hay temporadas de invierno, y mucha lluvia, por el efecto de las altas corrientes se mueven sedimentos de tierra, esto pasa mucho en pueblos, o se asientan en pequeñas centrales donde hay tanques. entre mas pequeño es el sistema potable, por lo pequeño que es la ciudad, mas sufre de esto. simplemente viaja un poco de tierra o arena entre el agua.
Todas estas consideraciones nada tienen que ver con la calidad del agua de la fuente o proveedor del servicio publico. este lo puede entregar en altas condiciones de calidad, pero al llegar ya es tema mas del usuario.
 
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No necesariamente.

Cuando una tubería bota cosas cafés puede ser por muchas razones. y no necesariamente tienen que ver con la calidad del agua.

Ver el archivos adjunto 504930
  1. Que las instalaciones hidrosanitarias son muy viejas de la casa, y las tuberias se empiezan a corroer, oxidar y a deshacer. para que exista la oxidación deben haber tres elementos. es algo similar a el triangulo del fuego. si se quita un elemento no hay fuego, y lo mismo con la oxidación, si se quita uno de los tres elementos, se detiene ese proceso. El tema es que cuando hay oxidación, el material se deshace y en pequeñas particulas. ligeramente ud se estaria tomando ese metal de la tubería de su casa. ese es un problema de la instalación, no del agua.
  2. el tanque de almacenamiento de agua de la casa o edificio no se le hacen los respectivos mantenimientos. ahi si recoge sedimentos y permanecen en la parte de abajo del tanque, y pasan atraves de las tuberías.
  3. cuando hay temporadas de invierno, y mucha lluvia, por el efecto de las altas corrientes se mueven sedimentos de tierra, esto pasa mucho en pueblos, o se asientan en pequeñas centrales donde hay tanques. entre mas pequeño es el sistema potable, por lo pequeño que es la ciudad, mas sufre de esto. simplemente viaja un poco de tierra o arena entre el agua.
Todas estas consideraciones nada tienen que ver con la calidad del agua de la fuente o proveedor del servicio publico. este lo puede entregar en altas condiciones de calidad, pero al llegar ya es tema mas del usuario.
Yo dije lo mismo que usted, no lo contrario (aunque no di muchos detalles, creo que fue claro lo que dije).
 
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