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Compañeros una colaboración con esta duda: otorgué un poder a un abogado solo para que se notificara por mi en un proceso que cursa en mi contra en una ciudad diferente a la que resido. Ya conociendo el caso mi apoderado va a ser otra persona. ¿debo revocar el poder otorgado al primer abogado? Les agradezco lo que me puedan aclarar.
 
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Compañeros una colaboración con esta duda: otorgué un poder a un abogado solo para que se notificara por mi en un proceso que cursa en mi contra en una ciudad diferente a la que resido. Ya conociendo el caso mi apoderado va a ser otra persona. ¿debo revocar el poder otorgado al primer abogado? Les agradezco lo que me puedan aclarar.
Si claro, si va a cambiar el apoderado, tiene que revocar el poder anterior o sino quedaría con dos poderes y ambos podrían notificarse del proceso. Usted puede revocar el primero poder cuando le da poder al segundo abogado

https://www.gerencie.com/requisitos-para-revocarle-un-poder-a-un-abogado.html
 
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muchachos . cuanto puede costar un proceso de sucesion por notaria
Depende:
1. Necesita un abogado, lo menos debería cobrar alguno es un mínimo.
2. El valor de los bienes (por el tema de retención e impuestos notariales y de posterior registro).
3. Que tanta gente esté en la sucesión (por la cantidad de documentación a autenticar, los certificados que deben sacar para probar parentesco y posterior protocolización).
4. El costo de la publicación en un periódico de circulación nacional anunciando el proceso.
5. El costo de la escritura como tal.
 
viejo sarco.. pues la sucesion se qjeire hacer de comun acuerdo entre 3 mama y dos hermanos.. solo hay una finca y una camioneta
 
viejo sarco.. pues la sucesion se qjeire hacer de comun acuerdo entre 3 mama y dos hermanos.. solo hay una finca y una camioneta
Genial que no tengan lios, y de hecho cuando es común acuerdo esa diligencia se hace en notaria por lo expedito del trámite. A menos que alguno sea abogado para que se represente a sí mismo y a los demás les toca buscar a uno para ese trámite.
 
es necesario para el tramite en notaria llevar abogado.. y de ser asi cuanto pueden valer los honorarios

Depende:
1. Necesita un abogado, lo menos debería cobrar alguno es un mínimo.
2. El valor de los bienes (por el tema de retención e impuestos notariales y de posterior registro).
3. Que tanta gente esté en la sucesión (por la cantidad de documentación a autenticar, los certificados que deben sacar para probar parentesco y posterior protocolización).
4. El costo de la publicación en un periódico de circulación nacional anunciando el proceso.
5. El costo de la escritura como tal.
 
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Depende:
1. Necesita un abogado, lo menos debería cobrar alguno es un mínimo.
2. El valor de los bienes (por el tema de retención e impuestos notariales y de posterior registro).
3. Que tanta gente esté en la sucesión (por la cantidad de documentación a autenticar, los certificados que deben sacar para probar parentesco y posterior protocolización).
4. El costo de la publicación en un periódico de circulación nacional anunciando el proceso.
5. El costo de la escritura como tal.
Cuando hice la sucesión eso en el año 1999 no hubo necesidad de abogado para hacer el trámite en notaria solo, las cuentas de los bienes y listo. No se si ese procedimiento cambió para estas fechas.
 
gracias por responder y aclarar para no desinformar

Jamás he visto una sucesión así, pero tiene razón es posible que se de.

viejo sarco.. si lo bienes son de una gran cuantia.. subien lo honorarios?? o en que se tasan los honorarios

Eso depende única y exclusivamente del/la abogad@ que contraten, algunos le cobran una tarifa plana otros al ver el avaluó le ponen un porcentaje, eso ya depende de como hagan el negocio. De hecho cerca a las notarias en esas oficinas de tramitadores suelen especializarse en eso (es plata fácil) y hasta les puede salir bien barato, es cuestión de averiguar.
 
Buenos días estimados. Algún lanero que me diga si el artículo 2 numeral 1.3.6 literal C de la Resolución 76434 de 2012 expedidos por la SIC que dice " c) En los casos en los que las fuentes de información hayan adquirido la obligación objeto de reporte mediante compraventa, subrogación, cesión de derechos o cualquier otra forma de transferencia del derecho de dominio, se tendrá como válida la comunicación previa remitida por el cedente u originador del crédito, siempre que la información haya continuado en el tiempo y el vendedor de la obligación no la haya eliminado del historial crediticio. En los casos en los cuales el reporte efectuado por el cedente u originador del crédito haya sido realizado antes de la entrada en vigencia de la Ley 1266 de 2008, no se les exigirá dicha comunicación previa". Quiero saber si esto aplica para este caso en particular: la obligación con el Banco A entró en Mora y fue vendida a la entidad B, durante 8 años estuvo el reporte a centrales de riesgo pero en el año 9 el reporte lo dieron de baja así sin más durante 5 meses. El cliente obtuvo tarjetas crédito y productos a crédito que antes le erran imposibles por dicho reporte. Sin embargo la entidad B cedió a la entidad C la obligación y está en el mes 5 de estar el cliente sin reporte volvió volvió reportaron basándose solamente en la autorización que el cliente le había dado al Banco A hacer 9 años. Alguien que sepa?
 
Buen día Laneros,

Tengo una consulta, actualmente tengo una póliza de Salud con Allianz Seguros de Vida, en el último año yo no la usé, la usa sobre todo mi esposa, ella está actualmente embarazada. Para la renovación de la póliza solicite que solo se incluyera a mi esposa porque yo no usé la póliza y no la necesito, sin embargo la asesora se negó argumentando que por mi esposa estar embarazada el grupo familiar debe permanecer intacto. Algún lanero que me pueda sacar de la duda, si eso lo puede hacer la aseguradora?

Gracias
 
Hola, les agradecería sus consejos con la siguiente consulta..resulta que me estan llamando de una casa de cobranza por una deuda que tengo por una linea celular que adquiri en Claro hace 8 años, me informan que la deuda ya va en 1'200.000, la pregunta es si se puede hacer para evitar el pago ese dinero pues ya ha pasado mucho tiempo y es mucho lo que ha subido de intereses y que me den paz y salvo de parte de Claro y me levanten el reporte de Datacredito.
 
Hola, les agradecería sus consejos con la siguiente consulta..resulta que me estan llamando de una casa de cobranza por una deuda que tengo por una linea celular que adquiri en Claro hace 8 años, me informan que la deuda ya va en 1'200.000, la pregunta es si se puede hacer para evitar el pago ese dinero pues ya ha pasado mucho tiempo y es mucho lo que ha subido de intereses y que me den paz y salvo de parte de Claro y me levanten el reporte de Datacredito.
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