[Consultorio Jurídico Laneros]

Estado
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Hola, gracias por responder, pero mi mamá no tiene copia de la escritura, ya que eso se lo pidió el comprador(las escrituras viejas), a mi mamá le pidieron que para cambiar eso era con el certificado de libertad y tradición y la copia de la cedula del dueño y ahí esta el problema como no tiene escritura no tenía ficha catastral(requerimiento para el certificado de tradicción) y tampoco la cedula. Entonces por eso no se pudo, realmente eso no cuesta nada, pero es que por eso no le han dejado cambiar eso, antes eso no era necesario y lo había podido hacer con otra casa.

No hay otra forma? El nuevo dueño no vive en esa casa, tiene es arrendatarios.
Pues dado que su sra Madre fue una de las firmantes de la escritura que protocoliza la compraventa de la casa, ella está facultada para ir a la Notaría a pedir (pagar) una copia auténtica simple de la escritura.

Allá no solo se prueba el negocio que transfiere de la propiedad, sino que también estarán, los números de cédula de las demás partes y los demás datos que necesita para poder sacar el certificado de libertad y tradición.
 
Última edición:
muchachos como se hace un recurso de reposicion y en subsidio de apelacion contra un operador movil
Normalmente en las plataformas de ellos está todo para que usted monte el recurso.

Si fue por escrito tenga en cuenta:

1. Identifique el destinatario y la referencia del caso (número CUN, etc.)
2. Indique que es un recurso de reposición y en subsidio apelación.
3. Relate los hechos en orden cronológico y con cuidado. Centre el título y explícitamente indique "HECHOS"
4. Indique cuál fue la respuesta que le dieron negando su petición inicial
5. Indique por qué no está de acuerdo con esa respuesta
6. En un título aparte indique "PETICIÓN" y numere claramente qué desea.
7. Cierre el recurso indicando dónde recibirá notificaciones (dirección correo electrónico, número celular)
8. Fírmelo
 
Pues dado que su sra Madre fue una de las firmantes de la escritura que protocoliza la compraventa de la casa, ella está facultada para ir a la Notaría a pedir (pagar) una copia auténtica de la escritura.

Allá no solo se prueba el negocio que transfiere de la propiedad, sino que también estarán, los números de cédula de las demás partes y los demás datos que necesita para poder sacar el certificado de libertad y tradición.
Muchas gracias!
 
Hola, gracias por responder, pero mi mamá no tiene copia de la escritura, ya que eso se lo pidió el comprador(las escrituras viejas), a mi mamá le pidieron que para cambiar eso era con el certificado de libertad y tradición y la copia de la cedula del dueño y ahí esta el problema como no tiene escritura no tenía ficha catastral(requerimiento para el certificado de tradicción) y tampoco la cedula. Entonces por eso no se pudo, realmente eso no cuesta nada, pero es que por eso no le han dejado cambiar eso, antes eso no era necesario y lo había podido hacer con otra casa.

No hay otra forma? El nuevo dueño no vive en esa casa, tiene es arrendatarios.
Ya le respondieron, pero tenga en cuenta que la copia en la notaria la pide como COPIA SIMPLE, así le sale mucho más barata pues no la va a necesitar autenticada, de ahí mismo puede tomar la copia de cédula del nuevo dueño ese documento siempre se protocoliza.

Precisar otras dos cosas, es diferente la ficha catastral del número de matricula (y este es el que necesita para sacar el certificado de libertad y tradición), en recibos viejos del impuesto predial también esta ese número.
 
Ya le respondieron, pero tenga en cuenta que la copia en la notaria la pide como COPIA SIMPLE, así le sale mucho más barata pues no la va a necesitar autenticada, de ahí mismo puede tomar la copia de cédula del nuevo dueño ese documento siempre se protocoliza.

Precisar otras dos cosas, es diferente la ficha catastral del número de matricula (y este es el que necesita para sacar el certificado de libertad y tradición), en recibos viejos del impuesto predial también esta ese número.
Tienes razón no se necesita copia auténtica.

Edito mi post
Gracias por la aclaración, mi mamá ya había salido a realizar unos trámites dentro de ellos, ese.

Va obtener esa copia, luego el certificado e irá a donde el prestador del servicio público a cambiar(ya que en principio allá si dejaban teniendo esos papeles). Ahora mismo tengo la duda si en el gas le aceptarán con la deuda que ya existe, pero supongo que en ese punto si ya enviaremos el derecho de petición.

Luego comentó como resultó. Un saludo
 
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Muchachos una dudita, en la practica que tan factible es que un codeudor con propiedad raiz , de un apartamento , se le vea comprometido su propiedad porque el arrendatario quede mal con el pago del arriendo ?

Es que he notado que en unas inmobiliarias aun piden fiador con propiedad raiz y en muchas otras ya no .

Si hay alguna ventaja desde el punto de vista del arrendador que el codeudor tenga propiedad raiz ?

Post: Es que no me imagino el escenario de algun ente , dando la orden de rematar una casa para pagar una deuda de 2 millones de pesos ; o si pasa ??
 
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Muchachos una dudita, en la practica que tan factible es que un codeudor con propiedad raiz , de un apartamento , se le vea comprometido su propiedad porque el arrendatario quede mal con el pago del arriendo ?

Es que he notado que en unas inmobiliarias aun piden fiador con propiedad raiz y en muchas otras ya no .

Si hay alguna ventaja desde el punto de vista del arrendador que el codeudor tenga propiedad raiz ?

Post: Es que no me imagino el escenario de algun ente , dando la orden de rematar una casa para pagar una deuda de 2 millones de pesos ; o si pasa ??
Para eso es que se pide ese codeudor, ya esta persona verá si quiere el lio que conlleva un cobro juridico por la cantidad por irrisoria que parezca.

La verdad en montos tan bajos primero se trata de llegar a un acuerdo, pero si no hay modo, siempre esta la opción del proceso por juzgado con las impricaciones que este tiene.

Por eso, uno no debe ser codeudor de nadie si no esta dispuesto a pagar la deuda de esa persona.
 
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Para eso es que se pide ese codeudor, ya esta persona verá si quiere el lio que conlleva un cobro juridico por la cantidad por irrisoria que parezca.

La verdad en montos tan bajos primero se trata de llegar a un acuerdo, pero si no hay modo, siempre esta la opción del proceso por juzgado con las impricaciones que este tiene.

Por eso, uno no debe ser codeudor de nadie si no esta dispuesto a pagar la deuda de esa persona.
Gracias Sarco; en un juzgado si el proceso avanza si se llega al punto de que rematan la casa pa pagar la deuda ?

O en la practica eso nunca pasa, y por eso que el codeudor tenga o no propiedad raiz es la misma cosa ?
 
Gracias Sarco; en un juzgado si el proceso avanza si se llega al punto de que rematan la casa pa pagar la deuda ?

O en la practica eso nunca pasa, y por eso que el codeudor tenga o no propiedad raiz es la misma cosa ?
Claro que puede llegar a haber un remate y ya no será por dos millones de pesos, tiene que ir sumando intereses de mora mensuales por los años del proceso, honorarios y ahí los costos empiezan a dispararse.

Hay casos de pérdidas de inmuebles "sólo" por las cuotas de administración. Así que no es un escenario descabellado en lo absoluto.
 
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Gracias por la aclaración, mi mamá ya había salido a realizar unos trámites dentro de ellos, ese.

Va obtener esa copia, luego el certificado e irá a donde el prestador del servicio público a cambiar(ya que en principio allá si dejaban teniendo esos papeles). Ahora mismo tengo la duda si en el gas le aceptarán con la deuda que ya existe, pero supongo que en ese punto si ya enviaremos el derecho de petición.

Luego comentó como resultó. Un saludo
Gente muchas gracias por la información mi mamá ya hizo el proceso y salió bien.

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EDIT
El gas dejaron pensabamos que sería el más complejo.

En el servicio de energía no dejaron, pidieron una carta por el dueño autorizando el cambio y fotocopia de cedula del mismo.
 
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Hola, una ayudita rapida, sucede que me deje tramar de una de esas academias de inglés y abone ya una inicial, pero quiero hacer uso de mi derecho a retractarme, en el documento que me enviaron de contrato(Que aún no firmo) esta:

1605751699184.png

La firma es digital cuando se asigna una contraseña en su plataforma aceptando el contraro mencionado(No lo he hecho). Tampoco he recibido ningún material, además de que sería digital, básicamente estuve mirando y no me pareció bueno y para rematar le pregunté a un amigo si había averiguado en ese sitio y a él se lo habían ofrecido en 1millón menos(Si, me vieron la cara).

En su página tienen un correo de contacto. En el punto 1 dice que de manera verbal o escrita, pienso mandar un correo a ese de conctacto(Pues no tengo más, el otro es un autogenerado que me llego el contrato) y al whatsapp de quien me contacto, esto es valido o debo hacer algo más para solitar la devolución del dinero? Pague ayer a medio día.
 
Hola, una ayudita rapida, sucede que me deje tramar de una de esas academias de inglés y abone ya una inicial, pero quiero hacer uso de mi derecho a retractarme, en el documento que me enviaron de contrato(Que aún no firmo) esta:

Ver el archivos adjunto 439131
La firma es digital cuando se asigna una contraseña en su plataforma aceptando el contraro mencionado(No lo he hecho). Tampoco he recibido ningún material, además de que sería digital, básicamente estuve mirando y no me pareció bueno y para rematar le pregunté a un amigo si había averiguado en ese sitio y a él se lo habían ofrecido en 1millón menos(Si, me vieron la cara).

En su página tienen un correo de contacto. En el punto 1 dice que de manera verbal o escrita, pienso mandar un correo a ese de conctacto(Pues no tengo más, el otro es un autogenerado que me llego el contrato) y al whatsapp de quien me contacto, esto es valido o debo hacer algo más para solitar la devolución del dinero? Pague ayer a medio día.

Se hace exactamente como lo indican en los puntos 1,2 y 3.

Pude enviarles un correo, o hacerlo de manera presencial, expresando claramente que se acoge a la ley de retracto.

A partir del momento de la radicación, la empresa cuenta con 30 días calendario para hacerle la devolución del dinero. (Ley 1480 de 2011).
 
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Hola, una ayudita rapida, sucede que me deje tramar de una de esas academias de inglés y abone ya una inicial, pero quiero hacer uso de mi derecho a retractarme, en el documento que me enviaron de contrato(Que aún no firmo) esta:

Ver el archivos adjunto 439131
La firma es digital cuando se asigna una contraseña en su plataforma aceptando el contraro mencionado(No lo he hecho). Tampoco he recibido ningún material, además de que sería digital, básicamente estuve mirando y no me pareció bueno y para rematar le pregunté a un amigo si había averiguado en ese sitio y a él se lo habían ofrecido en 1millón menos(Si, me vieron la cara).

En su página tienen un correo de contacto. En el punto 1 dice que de manera verbal o escrita, pienso mandar un correo a ese de conctacto(Pues no tengo más, el otro es un autogenerado que me llego el contrato) y al whatsapp de quien me contacto, esto es valido o debo hacer algo más para solitar la devolución del dinero? Pague ayer a medio día.
eso en septimo dia, hay muchos videos de estas instituciones de idiomas, de hecho eso es un metodo de timo que tienen que les funciona. lo que hacen es que la gente los denuncia a la camara de comercio, los multan o etc, y ellos clausuran la empresa, y abren otra con otra razon social, pero los mismos socios, y a veces los mismos locales. o usando el mismo material con otro logo.

ahi denunciaban que ni siquiera tenian docentes de ingles, y ofrecian hasta norteamericanos. que ellos lo que hacen es vender una impresión de un material de ingles costosisimo. ellos compran los derechos a una empresa que hacen cursos, los imprimen y venden como pan caliente. La razon social no es de educación, y no se rigen como en tema de docencia y sus estandares, es nada mas de impresiones y mas como una revista.

saludes.

otro video que critica cosas que solo pasan en el pais del divino niño


ver sobre todo en 9:06 y continuación 13:16. el tema de la entrevista de trabajo, para la gente que sale sin experiencia.
 
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Sres.
Unos amigos parientes me pidieron consejo, porque tienen indicios que les colocaron micriofonetes en su domicilio.

Sospechan de vezinos que ya antes les habían lanzado amenazas (tienen pruebas en audio) y les acosan con bullas (también). Esto va para mas de un año. En un asunto que vulneraba derechos de mis amigos.

Quieren poner denuncia, pero padres no, ya que no confían en la justicia voltiarepa$$ y corrupt, y terminen siendo victimizados.
O se preguntan, si les hayan puesto un proceso de falsa denuncia en pie o falsete positivo, con funcionarios amiguetez corruptos. Do you know what I talking about...

¿Qué se aconseja?, ¿Si ponen denuncia por los otros cargos, como agregan que se investigue el espionaje, o escuchas o interceptación ilegal?

¿Investigadores privados hay ninguno en la ubicación?
Requieren que alguien revise con aparatos de búsqueda de esos bichos, o si sean sus phonos (tal vez menos probable, pero no descartan).

¿Hay alguna institución en el país donde se pueda solicitar soporte para estos casos?
Les deseo ayudar pq involucra riesgo a la salud mental y fisica de adultos mayores en dicho hogar.
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Y mire como está de linda de caída la web de la procuraduría para interponer PQRs.
#Abandono del Estado 👺
Por favor, ¿alguno dispone los email nacionales y seccionales de esta entidad?
20201124_134437.jpg
 
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  • ¡Vaya!
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Hola muchachos es legal que un arrendador le meta a las personas esta clausula, si son derechos renunciables ? :

"... RENUNCIA A REQUERIMIENTOS: EL ARRENDATRIO (S) renuncia expresamente a todos y cada uno de los requerimientos legales judiciales o extrajudiciales, establecidos en el codigo civil, en el codigo general del proceso y en general a todos aquellso que sean necesarios para constituirlos en mora de pagar sus obligaciones y aun de la clausula penal . "
 
Última edición:
Hola Laneros. Hoy les quería consultar si puedo proseguir ante la SIC por este caso: mi novia antes de la pandemia, asistia SmartFit, pero su cuenta fue congelada debido a la cuarentena. Ella fue de las personas que perdió su empleo durante esa época, hasta hace unos días que logro conseguir uno, pero en donde se gana un mínimo. Para su sorpresa, cuando fue a retirar su primer pago, se encuentra con que Smart le había cobrado 4 meses de servicio que ella nunca uso, lo cual la puso bien mal porque son algo mas de 300 mil pesos. Yo se los devolví con la excusa de que había llamado a quejarme, pero la realidad es que se negaron y solo enviaron una copia del contrato. Ella nunca canceló porque recibió un correo en donde decía que para volver a asistir al gimnasio debía hacerse unas pruebas y además seguir unos pasos, asi que ella supuso que si no hacia eso, su cuenta seguiría congelada, además de que esta empresa nunca la notifico de que su plan había sido activado y de que podia volver.

La verdad quedé con un mal sabor y con mera espinita debido al mal momento que la hicieron pasar, y lo que mas deseo es sacarme esto interponiendo una demanda ante la SIC ¿Hay alguna ley en donde pueda apoyarme durante el proceso? Muchas gracias Laneros.

Screenshot 2020-11-23 105123.png
 
Señores.
¿Qué Derecho se debe proclamar se restituya y se apliquen acciones prioritarias o de cumplimiento, cuando Ud. acude a la Personería para Queja administrativa a otra Entidad (por su incumplimiento), y le abandonan el caso, no le responden, o tal vez lo archivaron laxativamente?

Se puede acudir al superior que es la Procuraduría local. Pero, ¿qué palabras utilizar para que después no digan que la persona no pidió las cosas como son, o me perdonan, quien sabe que otra Hijue#$utada mas?

Se puede desea que obliguen a la Entidad que se quejeó, a cumplir la hp resolución que emitieron, apliquen sanciones y control estricto ante la vulneración de derechos a los que están siendo sometidos los afectados.

También está el acudir a Tutela, ya que los de arriba pueden estarse tapando con la misma cobija.
No obstante, el juez vaya a contestar que no se cumplió el trámite al superior o yo que se.
 
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Hola laneros. La casa del lado de donde vivo, esta desocupada hace mas de 5 años, y tiene un lio judicial de sucesión que no se ha resuelto aun. La casa esta literalmente abandonada, hasta el punto que en los ultimos 3 meses, ladrones han intentado entrar a ésta a la fuerza en 2 oportunidades diferentes sin exito. Bajo esta situación, mi familia se siente amenazada (Y seguramente mis otros vecinos tambien) y con zozobra porque en cualquier momento puede ocurrir nuevamente y no sabemos que pueda pasarnos. Hay algun mecanismo legal que nos permita exigirle a las personas implicadas con la casa en mencióngarantizar la seguridad del predio desocupado, dado que puede atentar contra nuestra seguridad??
Mil gracias!
 

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