[Consultorio Jurídico Laneros]

Estado
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Hola laneros. La casa del lado de donde vivo, esta desocupada hace mas de 5 años, y tiene un lio judicial de sucesión que no se ha resuelto aun. La casa esta literalmente abandonada, hasta el punto que en los ultimos 3 meses, ladrones han intentado entrar a ésta a la fuerza en 2 oportunidades diferentes sin exito. Bajo esta situación, mi familia se siente amenazada (Y seguramente mis otros vecinos tambien) y con zozobra porque en cualquier momento puede ocurrir nuevamente y no sabemos que pueda pasarnos. Hay algun mecanismo legal que nos permita exigirle a las personas implicadas con la casa en mencióngarantizar la seguridad del predio desocupado, dado que puede atentar contra nuestra seguridad??
Mil gracias!
Le sugiero que vaya con sus vecinos a la inspección de policía de su localidad. Si la casa está muy deteriorada, puede que incluso la alcaldía ordene su demolición por amenaza de ruina y peligro para la comunidad. En caso contrario, al menos podrían ayudar a ubicar a los dueños/herederos y que se hagan cargo del inmueble.
 
¿Saben que consecuencias legales puede tener una empresa que no cumpla con el examen médico de egreso y tampoco con la dotación de calzado y ropa de labor?
 
¿Saben que consecuencias legales puede tener una empresa que no cumpla con el examen médico de egreso y tampoco con la dotación de calzado y ropa de labor?
Denuncie en Mintrabajo para que les hagan la visita, o pida conciliación con el inspector, dar la dotación incompleta cuenta como no darla.
 
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¿Saben que consecuencias legales puede tener una empresa que no cumpla con el examen médico de egreso y tampoco con la dotación de calzado y ropa de labor?

Hasta donde yo puedo afirmar, el examen médico de salida no es obligatorio para el trabajador hacérselo (no sé si lo es para la empresa ofrecerlo). Las consecuencias de esto es que el trabajador que no asiste al examen de salida puede tener dificultades para probar alguna condición médica de origen laboral.

Sobre la dotación, es obligación suministrarla al empleado que devengue hasta dos salarios mínimos mensuales. Las consecuencias de no suministrarla son multas.
 
Buenos dias muchachos . En Colombia para todos los ambitos legales (Comercio,laboral, civil etc) el sabado es legalmente un dia habil o no habil ?

Es que solo encuentro al respecto normatividad que se refiere es al tema laboral . Lo mas general que he enontrado es esto:

“.. Días hábiles e inhábiles. Los sábados son días hábiles salvo disposición en contrario. “La sala considera ésta una buena oportunidad para precisar el alcance de las disposiciones sobre los días hábiles e inhábiles. Por regla general los sábados son días hábiles, pero si la administración ha dictado alguna norma general que considera ‘inhábiles los sábados éstos no pueden contarse en los términos de la ejecutoria. Es pues regla de excepción que se aplica al caso de autos”. (Subrayado fuera de texto).

AUTO 10174 DE 29 DE ABRIL DE 1983
CONSEJO DE ESTADO

Hay alguna otra normatividad que se refiera especificamente a que en los contratos de servicios los sabados legalmente se cuentan como 1 dia habil ?
 
Realmente no existe una supra-definición que resuelva el problema, a lo sumo lo que hay es una definición de días de descanso forzoso (domingos y feriados). A partir de allí lo que hace la jurisprudencia y la doctrina jurídica, es interpretar qué es lo que sucede con los sábados, teniendo en cuenta el concepto de jornada máxima laboral.

Obviamente, esto no es un problema en ciertos ámbitos, como ya lo mencionaste (contratación, etc.) en dónde puede haber normas que digan que para esos exclusivos ámbitos, se entiende como día hábil de lunes a viernes. El Consejo de Estado en el Auto que estás citando en tu post, lo que está diciendo (a través del inmolado Magistrado Low Murtra :cry:) es que, salvo aquellos días que la ley ha determinado como de descanso forzoso todos los días son días hábiles laborables.

Esto pone, en teoría, al sábado en el campo de los días hábiles (porque normalmente trabajamos 8 hrs de lunes a viernes, lo que daría 40 hrs a la semana y la máxima jornada permitida es de 48), no obstante cuando una entidad pública o privada ajusta su jornada laboral de lunes a viernes cumpliendo con las 48 horas semanales, esto convierte al sábado en un día no hábil para esa empresa/entidad porque la jornada máxima legal permitida se cumple en el lapso que corre de lunes a viernes.

En conclusión, no existe una super norma que diga que el sábado es laborable o hábil, lo que sí existe, es una costumbre muy extendida en la que el sábado NO se entiende hábil en el 99% de los casos.

Normalmente las empresas de servicios como las de telecomunicaciones, bancos, etc. aunque atiendan público y servicio al cliente los días sábados, cuentan sus plazos contractuales de lunes a viernes.
 
Buenos dias, acudo a su sabiduria para que me ayuden con un problema que estoy teniendo con una inmobiliaria, tome un apartamento en arriendo y la inmobiliaria me pidio 3 meses de canon de arrendamiento en deposito, por ignorancia accedi a darles el dinero, 2 años despues les hago entrega del inmueble en perfectas condiciones con todos los servicios pagos, pero cual es mi sorpresa, la inmobiliaria me dice que no tienen el dinero del deposito para devolvermelo, han pasado 6 meses y solo me devolvieron la mitad, y actualmente no me contestan las llamadas, que puedo hacer en este caso?

Gracias por su ayuda
 
Buenos dias, acudo a su sabiduria para que me ayuden con un problema que estoy teniendo con una inmobiliaria, tome un apartamento en arriendo y la inmobiliaria me pidio 3 meses de canon de arrendamiento en deposito, por ignorancia accedi a darles el dinero, 2 años despues les hago entrega del inmueble en perfectas condiciones con todos los servicios pagos, pero cual es mi sorpresa, la inmobiliaria me dice que no tienen el dinero del deposito para devolvermelo, han pasado 6 meses y solo me devolvieron la mitad, y actualmente no me contestan las llamadas, que puedo hacer en este caso?

Gracias por su ayuda

Como usted bien lo señala, el desconocimiento de la norma de arrendamiento le jugó una mala pasada. Sin embargo, aquí los deshonestos son los de la inmobiliaria, que a sabiendas de la prohibición de depósitos o cauciones, se lo exigieron (esto sólo se puede hace para garantizar únicamente el pago de servicios).

Si está en Bogotá podría intentar poner en conocimiento el tema ante la Secretaría Distrital de Hábitat:


Si está en otra ciudad le toca buscar el equivalente.

Saludos
 
Una duda, renuncié a un trabajo hace 2 años porque me aburrí y me dio depresión porque me pusieron a hacer cosas que por funciones no debía hacer, como por ejemplo decir a que compañeros debían echar o cuales dejar en la oficina donde estaba, ya han pasado 2 años desde que sucedió eso, no tengo muchas pruebas de lo que paso, solo mi testimonio y el de algunos compañeros, puedo alegar algo para que me reintegren o que me den alguna indemnización por daños psicológicos o es mejor echar tierrita a ese tema? Gracias
 
Una duda, renuncié a un trabajo hace 2 años porque me aburrí y me dio depresión porque me pusieron a hacer cosas que por funciones no debía hacer, como por ejemplo decir a que compañeros debían echar o cuales dejar en la oficina donde estaba, ya han pasado 2 años desde que sucedió eso, no tengo muchas pruebas de lo que paso, solo mi testimonio y el de algunos compañeros, puedo alegar algo para que me reintegren o que me den alguna indemnización por daños psicológicos o es mejor echar tierrita a ese tema? Gracias
mejor echar tierra. Como consejo, si va a renunciar por algun motivo, debe colocarlo en la carta de renuncia, asi queda la evidencia
 
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Una duda, renuncié a un trabajo hace 2 años porque me aburrí y me dio depresión porque me pusieron a hacer cosas que por funciones no debía hacer, como por ejemplo decir a que compañeros debían echar o cuales dejar en la oficina donde estaba, ya han pasado 2 años desde que sucedió eso, no tengo muchas pruebas de lo que paso, solo mi testimonio y el de algunos compañeros, puedo alegar algo para que me reintegren o que me den alguna indemnización por daños psicológicos o es mejor echar tierrita a ese tema? Gracias
Si tienes evidencia médica de los hechos depresivos es una prueba, teniendo en cuenta las fechas. Si fuiste a la EPS todos los hechos narrados deben ser consignados en tu historia clínica, ya sea por un psicólogo o por un psiquiatra. Si fuiste a algún consultorio particular eso también sirve, el profesional puede rendir testimonio. Te sugiero consultar en algún Consultorio Jurídico de alguna universidad. Es gratis.
 
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Laneros una pregunta, yo tenia un contrato por prestacion de servicios, y el contrato acababa el 31 de diciembre del 2020, nos empezaron pagando un mes atrasados, y por esto diciembre aun no lo han pagado, hay alguna forma de puyar para q paguen eso o no queda mas que esperar a ver si quizas pagan
 
Amigos, el año pasado por pandemia no se pudieron subir los arriendos.
Sera que este año ya se pueden aumentar y en cuanto porcentaje? o solo lo acordado entre las partese
 
Buenas tardes,

Tengo la siguiente situación con una garantía y agradecería quien pueda guiarme para resolver:

Tengo una Nevera LG comprada en Alkosto el día 29 de enero del 2017, la cual a inicios de diciembre 2020 comenzó a presentar problemas con la refrigeración y con el congelador, seguido se reporto por garantía a LG y ellos enviaron un técnico el cual llego a la conclusión que se debía cambiar el compresor el cual estaba dentro de la garantía extendida que se ofrece LG para el compresor pero que esta es una garantía solidaria y que debo pagar $380,000 pesos para que el técnico instale el nuevo compresor.

En principio no estoy de acuerdo con esa garantía pero aun así estaba dispuesto a pagar la instalación del compresor con tal de solucionar ese tema lo mas rápido posible pero resulta que el compresor no esta disponible y lo están trayendo de no se donde pero aun no llega y estoy sin nevera. No se si esa garantía tiene el visto bueno de la SIC pero si alguien tiene experiencia con un proceso similar agradecería si me puede contar como resolvió o de lo contrario como debería empezar un proceso de reclamación/denuncia contra Alkosto/LG.

Gracias.
 
Buenas tardes,

Tengo la siguiente situación con una garantía y agradecería quien pueda guiarme para resolver:

Tengo una Nevera LG comprada en Alkosto el día 29 de enero del 2017, la cual a inicios de diciembre 2020 comenzó a presentar problemas con la refrigeración y con el congelador, seguido se reporto por garantía a LG y ellos enviaron un técnico el cual llego a la conclusión que se debía cambiar el compresor el cual estaba dentro de la garantía extendida que se ofrece LG para el compresor pero que esta es una garantía solidaria y que debo pagar $380,000 pesos para que el técnico instale el nuevo compresor.

En principio no estoy de acuerdo con esa garantía pero aun así estaba dispuesto a pagar la instalación del compresor con tal de solucionar ese tema lo mas rápido posible pero resulta que el compresor no esta disponible y lo están trayendo de no se donde pero aun no llega y estoy sin nevera. No se si esa garantía tiene el visto bueno de la SIC pero si alguien tiene experiencia con un proceso similar agradecería si me puede contar como resolvió o de lo contrario como debería empezar un proceso de reclamación/denuncia contra Alkosto/LG.

Gracias.

Lo primero que debe hacer es colocar pqr tanto a LG como a Alkosto, con fechas, seriales y todos los datos que tenga. Ellos tienen 15 días hábiles para darle respuesta.

Debe colocar que está pidiendo, ya sea la pronta reparación o sino se puede reparar el cambio total o devolución del dinero.

En teoría deben solucionarle en 30 días hábiles. Qué es el tiempo máximo por ley para solucionara garantía.

Si despues de esos tiempos no le dan respuesta o va en contra de su petición se dirije por sic facilita, ellos le dan una fecha para conciliar por chat. Si sigue en su contra ya se va a demanda que puede demorar entre 6 meses a 1 año el proceso.

No omita el debido proceso porque haría que se demore más.
 
Buenas, mi hermano esta en el sena (tiene certificado por parte de la entidad que termina en julio 2021), el ya termino materias y le falta la pasantía, mi mamá esta preocupada porque lo citaron(ejercito) este viernes, para mi tengo entendido que en esa instancia no se lo pueden llevar porque esta estudiando, en que parte de la ley se puede buscar esta norma especificamente? Si estoy en lo correcto?

Muchas gracias.
 

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