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Estado
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Venta de negocio

Mire, el exito de una venta a plazo como la que usted plantea, en un gran porcentaje depende directamente de la reputación del comprador y el conocimiento que usted tenga del mismo. Le doy un ejemplo: Una "forma" de asegurar el pago es hacerle firmar una letra de cambio con aval, es decir, con fiador. Pero si ni el comprador ni el fiador tienen con que responderle, lo mismo le da que la letra se la hubieran firmado por el doble del valor del precio, pues lo cierto es que no tiene forma de hacerla efectiva. Mi consejo entonces es que antes de cerrar cualquier negocio, haga una pequeña investigación respecto a la solidez económica de su futuro comprador y un fiador; investigación que usted puede iniciar con preguntarle con que bienes o como le garantiza el pago del precio pactado. Ahora, si le dice que con bienes inmuebles debe usted ir a la oficina de registro de instrumentos públicos del lugar del bien y solicitar un certificado de libertad para corroborar no solo que el bien está a nombre del comprador sino que esta libre de cualquier gravamen como embargos, hipotecas, etc. Ojo, no se fie de los certificados que el comprador le pueda mostrar, es mejor que usted los gestione directamente, pues falsificarlos es bastante facil. Luego de que usted tenga mediana seguridad de que está negociando con una persona seria, redacte o busque quien le pueda redactar un contrato de compraventa donde todo absolutamente todo lo relacionado con la negociación quede allí estipulado. Adicionalmente a ello, garantice el pago del precio con la firma de una letra; firma que le aconsejo llevar a reconocimiento en una nortaria.
 
Simplemente excelente. Que bueno ver todas las colaboraciones de los magistrales abogados con que contamos en LANeros.

Mis preguntas van a ser un poco generales, no es que tenga problemas inmediatos con cosas legales, pero si me gustaria saber sobre ello, por cultura general:

1. Si un familiar mio de primer grado de consanguinidad adquiere una deuda con una entidad crediticia y fallece antes de finalizarla, qué responsabilidad adquiero yo con dicha deuda?
2. Legalmente, cuanto tiempo debe convivir una pareja para que sean considerados una sociedad conyugal? Es requerimiento de ella firmar algun papel ante notarias o algo asi? En caso de separación, si no se han registrado papeles pero se ha convivido un tiempo largo (mayor a 10 años), se debe llevar a cabo también separación de bienes?
3. Siendo colombiano de nacimiento, puedo tener otra(s) nacionalidad(es) legales? Es excluyente si a mi me dan la ciudadanía norteamericana de la colombiana, es decir, me toca renunciar a una para tener la otra o puedo tenerlas al tiempo?

Es todo por el momento, agradezco su colaboración con mis dudas.
 
Por cultura general

A la pregunta 1ª: Siempre y cuando usted no le haya servido de aval (solidario) a su familiar, ante el fallecimiento de él usted no tiene porque responder por la deuda, máxime cuando todas las entidades crediticias exigen que el deudor tome un seguro de vida. Que yo sepa, solo en dos eventualidades una persona tiene obligación de responder sin que sea garante en estricto sentido de la palabra: (I) En el caso de alimentos frente a menores de edad o dependientes económicos incapacitados para trabajar, el primer ascendiente directo está obligado a sufragarlos cuando el directo responsable fallece o es imposible hacer que asuma la obligación. Por ejemplo, los abuelos de un menor están obligados a responder por sus alimentos en caso de fallecer su hijo o este negarse a hacerlo. (II) Frente a una herencia que se acepta sin beneficio de inventario, es decir, cuando Usted acepta una herencia sin manifestar que no asume las deudas que pueda tener la masa herencial.

A la pregunta 2ª: El único requisito para que la unión marital de hecho adquiera la calidad de sociedad conyugal, a parte de la correspondiente declaración judicial, es una convivencia real y efectiva no menor a dos (2) años. Con base en lo anterior y aunque una declaración notarial en tal sentido por parte de cualquiera de los dos convivientes carecería de efecto, no sobra como prueba anticipada para hacerla valer cuando se pretenda obtener la declaración de sociedad conyugal de hecho, que con regularidad se hagan declaraciones extrajuicio por parte de testigos que depongan sobre la convivencia que les consta. Finalmente, para que pueda existir separación de bienes en la sociedad conyugal de hecho, previamente debe existir un pronunciamiento que declare existente esa sociedad; una vez obtenida tal declaración por parte de la autoridad competente, esa misma autoridad puede entrar a decretar la separación de los bienes habidos dentro de esa sociedad.

A la pregunta 3ª: La Constitución de 1991 permite la doble nacionalidad y por lo tanto ni es ilegal ser colombiano y norteamericano a la vez y mucho menos se excluyen. Pero déjeme decirle que el Senador Clopatofsky ya anuncio que en próximos días estará radicando un proyecto de acto legislativo para terminar con tal prerrogativa constitucional. Lo anterior, dice él, con el fin de impedir que muchos colombovenezolanos vengan a votar aquí iniciativas gestionadas por Chávez.

Espero haber resuelto sus interrogantes. Si me equivoqué, no dude que algún colega LANero sabrá efectuar las correcciones del caso.
 
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Lemolina para que te adentres mas en el tema te recomendaría una leidita de la ley 54 DE 1990 (por la cual se definen las uniones maritales de hecho y régimen patrimonial entre compañeros permanentes.) ley 979 DE 2005 (modifica parcialmente la Ley 54 de 1990 y se establecen unos mecanismos ágiles para demostrar la unión marital de hecho y sus efectos patrimoniales entre compañeros permanentes.) y artículos 96 y 97 de la constitución politica colombiana (nacionalidad)
 
Muchas gracias haroldivan, buscaré estas leyes para leer un poco y muchisimas gracias tesscol por su respuesta, me quedó muy claro todo.
 
Bueno les voy a contar mi historia, para pedir asesoria.

Hace mas de un año yo tenia una pagina web, se llamaba solo-dvd.tk, en esta pagina web yo vendia peliculas en dvd y juegos a domicilio, la gente entraba a mi pagina, me hacian los pedidos y me consignaban para hcerles el envio de las peliculas que escogieran.

Habian muchas paginas mas, como cdsmedallo.tk, todoa500, tododvd, etc...entonces como nosotros no teniamos el poder economico de los san andresitos para pagar "vacunas" pues el 30 de Marzo de 2006 la DIJIN realizo un operativo en contra de todas esas paginas. Ahi cai yo obviamente, llegaron aca a mi casa, decomisaron 2 computdores que tenia, los dvd's, todo.

A partir de ahi empezo mi proceso juridico, una prima me puso un abogado de esos que dañan la reputacion del gremio, me cobro 2millones por sentarse al lado mio y no decir ni mu. Total al final de todo eso fue condenado en agosto, no pude recuperar mis equipos, me declare culpable entonces beneficio del 50% de la pena, me quedo como en 26 meses excarcelables, puedo salir de mi casa, de la ciudad y del pais con permiso y me pusieron una multa de casi 6 millones de pesos.

Hoy me acaba de llegar un comunicado, del juzgado 001 diciendo que ese despacho correspondio a ejecutar sentencia proferida en mi contra por el juzgado 27 penal del circuito de conocimiento por el delito bla bla bla etc. Entonces me dice que debo presentarme con la prueba sobre pago de la caucion impuesta para el goce del subrogado otorgado y dar cumplimiento a las obligciones señaladas en fallo.

Al condenarme en agosto yo pague en el banco agrario una suma de 100mil pesos por concepto de judiciales cauciones y excarcelaciones...aca tengo la fotocopi con el sello de recibido y aprobado, esto es lo que me toca llevar a presentar??

Y la ultima pregunta, pues mi situacion actual no es que sea muy envidiable, recuperarme de eso fue dificil, hasta este año las cosas empezaron a ir mejor, pude volver a la universidad y justo hoy habia conseguido empleo y me amargaron el dia esta gente con ese comunicado, en fin, los 6 millones pues me queda muy dificil pagarlos asi de golpe, entonces quisiera preguntarle a los abogados, como puedo yo pagar esta multa, si se puede a plazos, a cuanto tiempo o si hay otra manera para cumplir con esto.

Les agradezco su ayuda.
 
Ejecución Sentencia

El juzgado que lo está requiriendo es uno de los de ejecuciones de penas y medidas de seguridad. A ellos les corresponde verificar el cumpimiento de la condena que a Usted le fue impuesta. En ese orden de ideas, mas que solicitarle la fotocopia del monto fijado por caución, la cual debio allegar al proceso sino no hubiera gozado de libertad, está pidiendole es la fotocopia del pago por concepto de multa, es decir, por los 6 millones.

Aunque a mi me parece que frente al juzgado de ejecuciones no hay nada que hacer para reducir el monto de la multa, pues la pelea tocaba darla frente al que la impuso, yo creo que no pierde nada si le dirige un oficio solicitando un acuerdo de pago. Para ello es bueno que recopile documentos para demostrar no solo sus actuales obligaciones (el pago de la matricula podría ser uno de ellos) sino el estado economico en que quedo a raíz del proceso. Si Usted logra llegar a ese acuerdo, salvo caso fortuito o fuerza mayor comprobables, debe ser muy puntual en el pago pues de lo contrario podrían no solo hacer efectiva la condena sino, incluso, proceder a embargarle los bienes por muy pocos que tenga.

Algo que me llama la atención es su afirmación en torno a que su abogado no hizo nada. Mire si eso realmemte ocurrió así, no sobraría una acción de tutela por falta de defensa técnica pero no tanto para revocar la condena por su responsabilidad sino para reducir la multa, pues siendo su abogado conocedor de su real situación económica lo lógico era que hubiera solicitado una reducción de la multa o en su defecto, haber apelado la sentencia en tal sentido.

Eso es lo que yo le puedo aconsejar, de pronto algun otro colega LANero tiene una mejor idea.
 
Gracias por tu ayuda..

claro mi abogado sabia de mi situacion economia y nada, es mas el dia que me condenaron nisiquiera fue, mando a un compañero del trabajo que no tenia ni idea del caso.

Entnoces no me presento al juzgado? como no tengo el pago de la multa y en que lugar tengo que ir para el acuerdo del pago, necesito un abogado para eso?.

La tutela seria contra quien?
 
Cumplimiento Sentencia

Claro que debe presentarse al juzgado, no se si le habrán dado un termino para eso pero en cualquier caso lo mas pronto posible, pero que sea con el oficio donde propone el acuerdo de pago. Simplemente usted mismo elabora un oficio dirigido al juez diciendole que dada su situación económica por tales y tales razones (no se olvide mencionar lo de su reingreso a la U), le solicita comedidamente se estudie la posibilidad de permitirle pagar por cuotas la condena que le fue impuesta. Los datos del juez a quien debe dirigirle el oficio estan en el telegrama que le llegó.

En cuanto a la acción de tutela debe dirigirla en contra del juzgado que profirio la condena porque de lo que se trata es de atacar la multa que le impuso; ataque que tiene apoyo en la falta de defensa a pesar de tener contratado un abogado.

Mire, si bien para nada de lo que le digo necesita abogado, pues usted mismo lo puede hacer, no sobra que busque asesoría en un consultorio jurídico universitario, donde la misma es gratuita. La idea es que allí lo asesoren pero que sea usted quien a nombre propio presenta la acción de tutela; creame cuando le digo que las acciones de tutela presentadas por los mismos afectados obtiene mejor resultado que las presentadas a través de abogado. Si la tutela no le sale de una, no se desanime que la ultima palabra no la tiene ellos sino la Corte Constitucional a donde tendría que buscar la forma de que la seleccionen para revisión, pero eso es luego de que se termine todo el tramite de la tutela.

Por ultimo, el hecho de que piense interponer la tutela no implica que descuide lo del juzgado. Es decir, pase el oficio solicitando el acuerdo de pago al juzgado y luego presente la acción de tutela que ninguna de las dos cosas se excluyen y si es mucho lo que arriesga dejando toda su suerte a esta ultima.
 
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amigo tesscol te agrdesco tu ayuda, me es muy util, es una lastima ke no conocia laneros en la epoca que me capturaron, estoy seguro que me hubiera ido mejor que con ese abogado que me toco.

Compa y el oficio tiene algun formato especifico para deligenciarlo?

En el comunicado no sale el nombre de ningun juez, la firma es una asistente social
 
No, es un oficio comun y corriente. Si no sale el nombre del juez sí debe estar el número del despacho en cuyo caso puede encabezarlo así:

Señor Juez 1º o 7º
Ejecución de Penas.
E.S.D


Ref: Proceso o expediente número xxxxx en contra de (su nombre)


(su nombre), mayor de edad y vecino de esta ciudad, identificado como aparece al pie de mi firma, respetuosamente me dirijo a Usted con el fin de solicitarle comedidamente se me otorgue la posibilidad de cancelar por cuotas la multa de 6 millones que me fuera impuesta por el Señor Juez de conocimiento.

La anterior solicitud, teniendo en cuenta los siguientes hechos que detallan y prueban mi precaria situación económica:

1º.....................

2º.....................

3º.....................



Cordialmente,



(su nombre)
C.C Nº xxxxxxxxxxxxxxx de xxxxxxxxxx


Notificaciones: Las recibo en xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx de
-------------------------------------------------------------------------------------------------------

Le aconsejo que pase ese oficio lo mas pronto posible. Ojalá le sirva nuestra ayuda.
 
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al despacho te refieres al ke sale en la parte superior?, aca dice juzgado 001 de ejecucion de penas y medidas.

Los 6 millones es un aproximado, se puede colocar el numero de salarios minimos mensuales que me dieron? ah y esa es otra, ese salario minimo es el vigente actual o el que estaba vigente en agosto del año pasado cuando me dieron condena?

Las notificaciones pongo la direccion de mi residencia?
 
Entonces colocas "Señor Juez 001 de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad". En cuanto al monto, colocas la condena en salarios mínimos (letras y entre paréntesis número) y desafortunadamente sí es con base en el actual, no el del año pasado. Y finalmente colocas la dirección de tu residencia y no sobra el teléfono, pues lo importante es que te enteres a tiempo de cualquier decisión.

Muchas gracias a la opinión de Ustedes. Para eso estamos.
 
El Juez , debe de darle la oportunidad de hacer pagos a esa multa que le fue impuesta , lo proximo que recibira usted es un citacion en el Juzgado para que el Juez le escuche y le deje planteaer su caso y dejarle explicar el motivo por el cual no le es posible hacer el pago en la totalidad.

En estos casos no se el minimo que el Juez se base en hacerle pagar ese dinero , pero un consejo le doy desde ya, a los pagos que usted acepte lo TIENE que hacer , de lo contrario , No unicamente lo embargaran si no que es muy viable la encarcelacion por violacion a un acuerdo pactado con un juez de la Repiblica.

Eso creo yo que seria el rumbo siguiente , alguna equivocacion , les pido a los abogados que me la corrijan.

Saludos,

J.C
 
Ayuda porfavor

muy bueno el foro, aca le hago una pregunta porfavor...
yo compre aca una tarjeta por encargo con alguno de lso miembros de este foro que hacen de intermediarios, el caso es que le compre la tarjeta me la trajo, al tiempo se daño, pero como fue un producto remanufacturado, asumi las consecuencias de la garantia(aunque en muy extrañas circustancias no le dieron garantia) osea sabia que ahi perdi mi dinero, pero pues guarde la esperanza de tal vez vendiendo el dicipador y la tarjeta como tal me dieran algo asi fuera por chatarra, pero al pedirsela al tipo al cual se la compre este se perdio por un tiempo, luego me saco excusas ***************as y asi hemos estado por mas de un año, ya en este punto la verdad el trato con el es solo a las patadas, y se excusa en que como yo he hecho comentarios de el en el foro , que los cambie que los edite, que no se que, pero ni asi me devuelve la tarjeta, y un dia hablando con el se le salio al tipo que la habia mandado a reparacion, pero depsues dijo que no se pudo arreglar, y me ofrecio devolverve otra tarjeta diferente a la mia, obviamente dañada, pero al verlo que me ofrecia y ofrecia tarjetas que ninguna era la mia, quede con la duda de si la pudo reparar y la vendio por otro lado, asi que puedo hacer algo para que me devuelva mi tarjeta?? dañada no importa pero que sea la que compre en ese entonces... tambien cabe anotar que ahi mas gente aca que tubo problemas con este personaje y por lo mismo garantias, claro que los demas si no compraron productos remanufacturados, al menos ellos no pero puede que el intermediario si ya que curiosamente a el nunca le responden por garanias...
 
Tarjeta

Para resolver su consulta me gustaría saber varias cosas: (I) Como es el procedimiento de "compra por encargo a través de un intermediario"? (II) El vendedor le expidió recibo de la venta? (III) Igualmente, el vendedor le dejó constancia por escrito de haberle recibido la tarjeta?
 
pregunta

buen dia

quisiera saber cual es la edad minima que debe tener un niño para descidir cual de los padres tendra la patria potestad en caso de separacion

ademas cual es el porcentaje de aporte alimenticio a un hijo por parte de su padre (porcentaje minimo) en caso de separacion
 
Menores de Edad

MIentras un niño no alcance la mayoría de edad, es decir, mientras no cumpla los 18 años, no tiene capacidad de decidir con cual padre se queda. Ahora, que su opinión se tenga en cuenta para saber, en caso de disputa de la patria potestad, como es el tipo de relación con cada uno de sus progenitores, es distinto, pero ello no implica que sea él quien decide.

En cuanto a los gastos, a cada uno de los padres, salvo que se encuentren impedidos fisica o mentalmente, les corresponde correr con el 50% de los gastos necesarios para su vivienda, alimentación, educación y salud. No obstante, ello puede ser susceptible de una acuerdo distinto, siempre y cuando se garantice debidamente la manutención en todos sus aspectos.
 
Hace rato les leo y harora les quiero exponer mi caso, en resumen: Hace dos años yo trabajaba en X taller de informatica en el Espinal - Tolima, un dia un cliente solicito un software para controlar ventas en un Supermercado. Cuando vi que estaba como colgado, para Semana santa le solicite a mi jefe un portatil para trabajar esos dias en la house. Mer lo presto y le firme un pagare en blanco (La burrada mas grande que he hecho en mi vida), bueno el caso es que adelantye trabajo, a la semana siguiente se lo devolvi, pero se me olvido solicitarle el pagare, pensando que mas tarde lo pudiera necesitar. el caso es que a los dias, unos tipos, sin darnos cuenta se lo bajaron del almacen. y el tipo me dijo que tenia que pagarselo y como tenia la letra pues ni modo.

Lo que hice fue renunciar (sin pagarme el ultimo sueldo, miseros 200.000 pesos mensuales que me pagaba) y lo denuncie ante la oficina de trabajo. No quizo asistir a las audiencias, por lo que impuse una demanda laboral ante un juzgado. El abogado me hizo el favor sin cobrarme, a el cual le reconoci 200.000. se le demando para el pago de salarios sin cobrar, exedente al minimo, prestaciones. Bueno el caso es que se pretencion era por 6.000.000. El acuerdo se llego al pago de 1.500.000 en 10 cuotas de 150000 iniciando en Diciembre de 2005 y la devolucion de la Letra. Al otro dia devolvio la letra y pag la primera cuota, continuo y pago 3 cuotas mas y de ahi no sigui pagando. Verbalmente llegue a un acuerdo con el en Octubre para que en cambio delsaldo me entregaba un PC en Diciembre del año pasado. En esa epoca me traslade para Bogotá, y no pude hacerme cargo personalmente del caso, hable varias veces con el a ver si se lo entregaba a mi hermano, pero cuando el fue, no lo entrego argumentando que tenia que ser personalmente. Mire la fecha que es y nada. Que puedo hacer? debo redactar un documento en donde el entrega el equipo quedando a paz y salvo. Mi abogado ha pasado varias vces por el local y nunca "esta". Como debo redactar el documento autorizando a otra persona para que se lo entreguen y constando que el señor queda a paz y salvo?

Agradezco la atencion prestada a la presente, jeje:p:p
 

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