LANeros previniendo la inseguridad

cuéntenos más sobre la legítima defensa.

Segun lo que se alcanza a ver en el video parece que no hay proporcionalidad y lo de actual es una linea difusa .

Toca ver que piensan los Laneros abogados
  1. En los eventos de caso fortuito y fuerza mayor.
  2. Se actúe con el consentimiento válidamente emitido por parte del titular del bien jurídico, en los casos en que se puede disponer del mismo.
  3. Se obre en estricto cumplimiento de un deber legal.
  4. Se obre en cumplimiento de orden legítima de autoridad competente emitida con las formalidades legales. No se podrá reconocer la obediencia debida cuando se trate de delitos de genocidio, desaparición forzada y tortura.
  5. Se obre en legítimo ejercicio de un derecho, de una actividad lícita o de un cargo público.
  6. Se obre por la necesidad de defender un derecho propio o ajeno contra injusta agresión actual o inminente, siempre que la defensa sea proporcionada a la agresión. Se presume la legítima defensa en quien rechaza al extraño que, indebidamente, intente penetrar o haya penetrado a su habitación o dependencias inmediatas.
  7. Se obre por la necesidad de proteger un derecho propio o ajeno de un peligro actual o inminente, inevitable de otra manera, que el agente no haya causado intencionalmente o por imprudencia y que no tenga el deber jurídico de afrontar. El que exceda los límites propios de las causales consagradas en los numerales 3, 4, 5, 6 y 7 precedentes, incurrirá en una pena no menor de la sexta parte del mínimo ni mayor de la mitad del máximo de la señalada para la respectiva conducta punible.
  8. Se obre bajo insuperable coacción ajena.
  9. Se obre impulsado por miedo insuperable.
  10. Se obre con error invencible de que no concurre en su conducta un hecho constitutivo de la descripción típica o de que concurren los presupuestos objetivos de una causal que excluya la responsabilidad. Si el error fuere vencible la conducta será punible cuando la ley la hubiere previsto como culposa. Cuando el agente obre en un error sobre los elementos que posibilitarían un tipo penal más benigno, responderá por la realización del supuesto de hecho privilegiado.
  11. Se obre con error invencible de la licitud de su conducta. Si el error fuere vencible la pena se rebajará en la mitad. Para estimar cumplida la conciencia de la antijuridicidad basta que la persona haya tenido la oportunidad, en términos razonables, de actualizar el conocimiento de lo injusto de su conducta.
  12. El error invencible sobre una circunstancia que diere lugar a la atenuación de la punibilidad dará lugar a la aplicación de la diminuente.
 
Conforme a la legislacion Colombiana segun lo que se alcanza a ver en el video pareciese que no se configurara como legitima defensa :unsure:
Pues el video no deja en claro nada pero de lo que no podría caber duda es que a la víctima la intimidaron y atacaron al menos 3 maleantes y fácilmente este puede aducir que estos se encontraban armados, temía por su vida y un largo etc... de excusas con las cuales hasta un tinterillo lo podría sacar de ese lío, ya quiero ver yo a los delincuentes acudir a rendir indagatoria o testificar a favor de la 🐀 que paso a mejor vida.
 
Pues el video no deja en claro nada pero de lo que no podría caber duda es que a la víctima la intimidaron y atacaron al menos 3 maleantes y fácilmente este puede aducir que estos se encontraban armados, temía por su vida y un largo etc... de excusas con las cuales hasta un tinterillo lo podría sacar de ese lío, ya quiero ver yo a los delincuentes acudir a rendir indagatoria o testificar a favor de la 🐀 que paso a mejor vida.

Me viene a la mente el caso del escolta que mato a un rompevidrios en un trancón que estaba haciendo de las suyas en otro carro. El hombre fue exonerado, pero la familia de la 🐀 salió a decir por tv que "iba a llegar hasta las ultimas consecuencias" porque fue una "exageración" lo sucedido. Solo les falto decir que "solo robaba en el barrio"

Tras de gordos, hinchados.
 
Pues el video no deja en claro nada pero de lo que no podría caber duda es que a la víctima la intimidaron y atacaron al menos 3 maleantes y fácilmente este puede aducir que estos se encontraban armados, temía por su vida y un largo etc... de excusas con las cuales hasta un tinterillo lo podría sacar de ese lío, ya quiero ver yo a los delincuentes acudir a rendir indagatoria o testificar a favor de la 🐀 que paso a mejor vida.

¿está seguro de eso? La figura de la legítima defensa es de las más complicadas y con más desarrollo jurisprudencial en la sección penal de la Corte Suprema...
 
Mmm hasta allá no llegaría ya que es entrar en un mundo hipotético que se presta para cualquier cosa así que creo lo mejor en esos casos es ceñirse a los hechos como que aparentemente un individuo desconocido le disparo en defensa propia a un delincuente, que la ley debe obrar y hacer la investigación pertinente pues les pediría hacer el mínimo esfuerzo más no gastar recursos adicionales por el asesinato de un supuesto delincuente.
Al que disparó lo están buscando para judicializarlo sin tener que revisar de más los hechos. El derecho de la legítima defensa tiene unas condicionales muy específicas, por ejemplo, si vienen unos tipos a quitarle sus cosas, usted no puede encenderlos a bala porque el medio de agresión es mucho mayor, aparte se tiene que demostrar que no se pudo actuar de otra manera, que triste e indignantemente la otra opción que tenía era dejarse robar.
 
  • ¡Vaya!
Reacciones: Sorrento
"La Ley 2197 de 2022 agregó la causal 6.1 de legítima defensa privilegiada en el artículo 32 del Código Penal, consistente en aquella que se ejerza para "Rechazar al extraño que usando maniobras o mediante violencia penetre o permanezca arbitrariamente en habitación o dependencias inmediatas, o vehículo ocupado. La fuerza letal se podrá ejercer de forma excepcional para repeler la agresión al derecho propio o ajeno."

Fácilmente podría argumentar que los ladrones le sacaron un arma cuando los intento perseguir (blah, blah, blah...) y ya el fiscal tendría que ser muy h.p para ir más allá de su labor para "proteger" un criminal.

PD. Yo hasta le aporto a la vaca para el abogado.
 
Con el tema del nuevo manejo de choques simple y la inseguridad rampante no faltaba mucho para que las ratas empezaran con el asunto de fraude, a esos delincuentes siempre he creído les deberían dar una pena ejemplar.
Ese es el mismo truco que usan en EE.UU de lanzarse a los carros para que el dueño les pague.
 

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