Bueno, leyendo por acá luego de aprobar varios artículos a pupitrazo limpio. El 178 que nos preocupa a muchos laneros (apartedel IVA) aún no ha sido aprobado.
Los siguientes 177 artículos de 311 se aprobaron:
8, 10, 11, 12, 13, 22, 24, 25, 26, 28, 29, 30, 32, 35, 36, 39, 41, 43, 44, 45, 48, 49, 50, 53, 54, 57, 58, 61, 62, 63, 67, 69, 70, 71, 72, 73, 74, 76, 77, 78, 79, 81, 82, 83, 84, 86, 87, 88, 89, 90, 91, 92, 94, 95, 97, 101, 106, 107, 108, 109, 110, 111, 112, 113, 115, 116, 117, 118, 119 123,
124 128 129 131, 132, 133, 134, 135, 136, 137, 138, 139, 140, 144, 146, 147, 149, 153, 154, 155, 156, 159, 164, 166, 167, 168, 169 171, 172, 174, 176, 177, 180, 189, 190, 191, 194, 204, 220, 221, 222, 223, 224, 225, 226, 227, 228, 229, 230, 231, 232, 233, 234, 235, 237, 238, 240, 241, 242,
244 245 246 247 248249 252, 254, 255, 257, 258, 259, 260, 261,
262 263 264 265 266,
267 268 269 270, 271, 272, 273, 274, 300,
302 305 307 308 y 309.
Fuente:
http://hsbnoticias.com/noticias/eco...ibutaria-ya-fue-aprobada-en-las-comisi-258783
Esperar a ver qué pasará con este:
ARTÍCULO 178. Adiciónese el numeral 8 y un parágrafo transitorio al artículo 437-2 del Estatuto Tributario, así:
8. Las entidades emisoras de tarjetas crédito y débito, los vendedores de tarjetas prepago, los recaudadores de efectivo a cargo de terceros, y los demás que designe la Dirección de Impuesto y Aduanas Nacionales – DIAN- en el momento del correspondiente pago o abono en cuenta a los prestadores desde el exterior, de los siguientes servicios electrónicos o digitales:
a. Suministro de páginas web, hosting, almacenamiento en la nube (cloud computing) y mantenimiento a distancia de programas y equipos.
b. Suministro de software y sus actualizaciones.
c. Suministro electrónico de imágenes, texto y otro tipo de información, así como la disponibilidad de acceso a bases de datos digitales.
d. Suministro de servicios audiovisuales (entre otros, de música, videos, películas y juegos de cualquier tipo, así como la radiodifusión de cualquier tipo de evento).
e. Suministro de enseñanza o entrenamiento a distancia
f. Suministro de otros servicios online (publicidad, plataformas participativas, plataformas de pagos, entre otros).
g. Y los demás servicios que la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales determine mediante resolución.