La ca.gad4 del asunto es que la resolución de Cali pone que el recurso de reposición es de 5 días hábiles después de publicada y eso fue publicado el 30 de Septiembre, además que apenas hasta ayer 18 de Octubre se dío cuenta ella de que le habían anulado la inscripción y una tutela son 10 días hábiles.
Ahora para que ella vote toca ir hasta el norte donde la tenía inscrita cuando vivia por alla
Ahora para que ella vote toca ir hasta el norte donde la tenía inscrita cuando vivia por alla