OJOOOO Claro no puede cobrar por pasarse de plan, está en la obligación de ajustarlos a todos los usuarios, estableció la CRC:
La regla tarifaria fijada en el presente artículo deberá ser implementada por COMUNICACIÓN CELULAR S.A. COMCEL en todos sus contratos, planes tarifarios y ofertas comerciales vigentes, actuales y nuevas, para los usuarios en la modalidad pre-pago y pos-pago, incluyendo todo tipo de tráfico, independientemente de la denominación que se dé al mismo y de la siguiente manera:
En la modalidad prepago:
a) Para los nuevos usuarios y para usuarios activos en la modalidad prepago sin saldos a favor, una vez trascurridos 20 días hábiles contados a partir de la ejecutoria de la presente Resolución.
b) Para usuarios activos con saldos prepago a favor, no se afectarán las condiciones tarifarias hasta que se agote dicho saldo, o, en su defecto, hasta que hayan transcurrido 60 días calendario, siempre y cuando dicho saldo se haya adquirido antes de la ejecutoria de la presente resolución o durante los 20 días hábiles posteriores a la fecha de la ejecutoria de la presente Resolución.
Para todos los usuarios en la modalidad pospago:
c) Para los usuarios nuevos a partir de la ejecutoria de la presente.
d) Para los usuarios con contrato(s) vigente(s) con duración definida que a partir de la ejecutoria de la presente Resolución pretendan renovar o tengan derecho a la renovación u opere la renovación automática de su(s) contrato(s), COMCEL durante los 40 días hábiles siguientes a la fecha en que quede en firme la presente Resolución, deberá ofrecer planes equivalentes (en términos, tarifas y condiciones) teniendo en cuenta la nueva regla tarifaria. En ningún caso, COMCEL podrá ofrecer la novación de contratos con planes u ofertas comerciales que incluyan reglas tarifarias diferentes a la establecida en la presente Resolución o utilizar cualquier mecanismo para extender la vigencia de los contratos con reglas tarifarias diferentes a la planteada en la presente Resolución.
e) Para los usuarios con contrato(s) vigente(s) de duración indefinida, durante los 40 días hábiles siguientes a la fecha en que quede en firme la presente Resolución, COMCEL deberá ofrecer a dichos usuarios planes equivalentes (en términos, tarifas y condiciones) a los que actualmente poseen, sin que en ningún caso COMCEL pueda ofrecer la novación de contratos con planes u ofertas comerciales con reglas tarifarias diferentes a la establecida en la presente Resolución o utilizar ningún tipo de mecanismo para extender la vigencia de los contratos con reglas tarifarias diferentes a las planteadas en la presente Resolución.
En todo caso, COMCEL deberá garantizar que todo plan, contrato o toda oferta tarifaria desarrollada, ofrecida o pactada a partir de la ejecutoria del presente acto administrativo se ajuste a lo indicado en el presente artículo, garantizando que no promocionará, obsequiará, ofertará o divulgará planes tarifarios ni presentará, desarrollará u ofrecerá planes que no cumplan con lo allí estatuido y que no inducirá o motivará a los usuarios a que se trasladen o cambien a planes tarifarios que no contemplen tal regla, ni utilizará planes empaquetados con el fin de hacer ofertas comerciales que terminen transgrediendo la presente regla tarifaria en el mercado de voz saliente móvil.